REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Tribunal de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer del estado Táchira

San Cristóbal, 12 de Abril de 2012
AÑOS: 201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-S-2010-000002
ASUNTO : SP21-S-2010-000002



AUDIENCIA ESPECIAL PARA AMPLIAR EL REGIMEN DE PRUEBA IMPUESTO AL IMPUTADO


En la Audiencia de hoy, 12 de abril de 2012, siendo las horas de la mañana del día fijado en este Tribunal Primero de Control para que tenga lugar en la causa SP21-S-2010-02, AUDIENCIA ESPECIAL DE VERIFICACIÓN DE REGIMEN DE PRUEBA AL IMPUTADO, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal. Presentes: La Jueza Abogada Peggy María Pacheco de Araque, el Fiscal 06 del Ministerio Público, Abogado Jesús Alberto Sutherland, el imputado JESUS ALFREDO SUAREZ SUAREZ, Venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, con cédula de identidad N° V.- 15.856.643, de 36 años de edad, nacido en fecha 24-10-1974, de profesión maestro de construcción, letrado, hijo de aurora Suárez y padre desconocido, residenciado en zorca barrio metropolitano vereda los jabillos, casa sin numero en obra limpia con placa, tapón donde hay puente, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, teléfonos 0424.732.24.13, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículos 41 Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de MABEL DE LA COROMOTO RIVERO JARAMILLO, asistido por el Defensora, Abogada Yolimar Carolina Vera Ramírez.
Acto seguido la Jueza le cede la palabra al Representante Fiscal, Abogado Jesús Alberto Sutherland, quien expuso: “en virtud del incumplimiento del imputado, es por lo que solicitó con base a lo dispuesto en el artículo 46 numeral 2 del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL se amplíe el lapso de prueba establecido en su oportunidad por este tribunal de control, es todo”.
Acto seguido, la Jueza impuso al imputado JESUS ALFREDO SUAREZ SUAREZ, del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de las disposiciones contenidas en los artículos 131 y 136 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, quien libre de juramento y sin coacción alguna expuso: “ciudadana jueza yo no fui al CPAO, y lo de los mercados lo hice pero no traje las constancias, es todo”.
La Jueza le concede el derecho de palabra a la defensora Abogada Yolimar Carolina Vera Ramírez, quien manifestó: “Por cuanto mi defendido ha manifestado estar dispuesto a cumplir con las condiciones que le imponga el tribunal solicito se amplíe el régimen de prueba, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 46 numeral 2 del CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, es todo”.
Oído lo solicitado por el Fiscal del Ministerio Público, lo manifestado por el imputado y su defensor, y la victima; Concluida como ha sido la presente audiencia, procede a dictar el dispositivo correspondiente y el resuelto por auto separado: En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS NUMERO UNO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: ÚNICO: se amplia el plazo de prorroga de UN AÑO (01), así como la obligación de: 1-someterse al proceso; 2- prohibición de agredir física, psicológica y verbalmente a la victima; 3- asistir a terapias en el CPAO una vez cada 90 días; 4- obligación de llevar dos mercados por la cantidad de 300 Bs. al geriátrico medarda piñero; al ciudadano JESUS ALFREDO SUAREZ SUAREZ, Venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, con cédula de identidad N° V.- 15.856.643, de 36 años de edad, nacido en fecha 24-10-1974, de profesión maestro de construcción, letrado, hijo de aurora Suárez y padre desconocido, residenciado en zorca barrio metropolitano vereda los jabillos, casa sin numero en obra limpia con placa, tapón donde hay puente, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, teléfonos 0424.732.24.13, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículos 41 Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de MABEL DE LA COROMOTO RIVERO JARAMILLO. Se deja constancia que se fija para el día 12 de abril de 2013, a las 08:30 AM, audiencia especial, para verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas.
Regístrese y déjese copia de la presente decisión a objeto de ser archivada en el copiador de decisiones llevado en el Tribunal. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Se cierra siendo las 09:50 AM., terminó, se leyó y conformes firman.











ABG. PEGGY MARIA PACHECO DE ARAQUE
JUEZA PRIMERA DE CONTROL










ABG. JESUS ALBERTO SUTHERLAND
FISCAL 06 DEL MINISTERIO PÚBLICO




JESUS ALFREDO SUAREZ SUAREZ
IMPUTADO





P.I. P.D.






ABG. YOLIMAR CAROLINA VERA
DEFENSORA PÚBLICA







ABG. VICTOR MANUEL DE LA SANTISIMA TRINIDA ANDRADE GARCIA
SECRETARIO