REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 201° y 153°

SUNTO Nº SP01-L-2012-000435

PARTE DEMANDANTE: ALIRIO QUIÑONEZ ALBARRACIN, identificado con la cédula Nro.v-5.669.124

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: EVA SHEREZADA GODOY PEÑALOZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.129.457

PARTE DEMANDADA: EXPRESOS MERIDA C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MARIELA DE LA PAZ PASCUAS GOMEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.98.607

MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, (05) de JUNIO de 2012, a las 12:00 del mediodía, se hizo presente la parte demandante ciudadano ALIRIO QUIÑONEZ ALBARRACIN, identificado con la cédula Nro.v-5.669.124, asistido por la abogada EVA GODOY PEÑALOZA inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.129.457 y por la parte demandada se hizo presente la apoderada judicial abogada MARIELA DE LA PAZ PASCUAS GOMEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.98.607 los cuales expusieron: Solicitamos al Tribunal se adelante la audiencia preliminar, a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos, para lo cual renunciamos al lapso de los 10 días establecidos en el auto de admisión para la celebración de la misma. El Tribunal por cuanto el pedimento es conforme a los principios de acceso a la justicia, brevedad sencillez y concentración que informan el proceso laboral, acuerda de conformidad con los solicitado y acto seguido apertura la misma: En este estado la parte patronal ofrece a la parte actora la suma de CIENTO SETENTA MIL BOLIVARES (Bs.170.000,oo) pagaderos así: 1.-En este acto Bs.80.000,oo mediante cheque de gerencia Nro. 00286414 contra el Banco Sofitasa, 2.- Bs.22.500,oo para el 30 de julio de 2012, 3.-Bs.22.500,oo para el 14 de agosto de 2012, 4.-Bs.22.500,oo para el 17 de septiembre de 2012 y 5.-Bs.22.500,oo para el día 1 de octubre de 2012, en la sede del Tribunal a las 10:00 de la mañana, por su lado la parte actora acepta la propuesta y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena expedír copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Demandante, La Parte Demandada,

El Secretario,