REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 202° y 153°

ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2011-000744

PARTE ACTORA: LUIS ALBERTO VIVAS MARQUEZ, identificado con la cédula Nro.V-11.490.429

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CARMEN ESCALANTE CORREA inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.69.554

PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO SAN CRISTOBAL

ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ELIO RAMON RAMIREZ, INSCRITO EN EL i.p.s.a. BAJO EL NRO.48.472


MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, 19 de junio de 2012, a las 9:30 de la mañana, se hizo presente en la sede del Tribunal la parte actora ciudadano LUIS ALBERTO VIVAS MARQUEZ, identificado con la cédula Nro.V-11.490.429, asistido por el abogado JEAN CARLOS SAYAGO VILLAMIL, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.111.036 y por la parte demandada se hizo presente el apoderado judicial abogado ELIO RAMON RAMIREZ, INSCRITO EN EL i.p.s.a. BAJO EL NRO.48.472, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada en virtud a los anticipos ya efectuados ofrece a la parte demandante la suma de (Bs.1.214,26) UN MIL DOSCIENTOS CATORCE MIL BOLIVARES con 26/100 pagaderos en este acto mediante cheque Nro.13004684 de la cuenta corriente Nro.01020450050000032667 contra el Banco de Venezuela. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena desglosar las pruebas agregadas a los autos y dejar en su lugar copia certificada de las mismas. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó se leyó y firman.
La Juez,


Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS

La Parte Demandante, Parte Demandada,







La Secretaria,