REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Estado Táchira
San Cristóbal, 28 de Junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2012-005038
ASUNTO : SP21-P-2012-005038

Visto el escrito presentado por el (la) Abogado (a): JOSÉ RAMON RAMOS AULAR, en su carácter de Fiscal Auxiliar octavo en colaboración con la Fiscalía Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa.

En fecha 16 de diciembre de 2007, el ciudadano ANDERSON BERNARDO LIZCANO CHAVEZ, iba por el barrio el paraíso, cuando se encontró con el ciudadano CARLOS SAUL NIÑO, con quien ha tenido problemas anteriormente quien al verlo comenzó a insultarlo y se abalanzo sobre él y comenzó a insultarlo, lo sujeto por el cabello y lo golpeo contra un poste de luz, por lo que fue trasladado hasta el hospital de Colon, y en vista de tal situación se trasladó hasta el despacho de la comisaría Policial de la localidad de Ayacucho, donde formulo la correspondiente denuncia.

Con base en el análisis de los hechos y del contenido de las actas que cursan en el expediente se evidencia que no existe en autos una pluralidad de elementos necesarios para comprometer la responsabilidad de sujeto alguno, por cuanto, la victima, no asistió a la Medicatura Forense a los fines que le realizaran una valoración a las lesiones sufridas, por tal razonamiento, tal como lo afirmó el Ministerio Público en su petición, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación procediendo en consecuencia la petición de sobreseimiento; de igual manera el Tribunal prescinde de la audiencia oral que prevé el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en razón que para probar el motivo de la solicitud es innecesario hacer el debate; y así se decide.

Por todos los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No. 10 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de CARLOS SAUL NIÑO; presentada por la Fiscal octavo en colaboración con la Fiscalía Novena del Ministerio Público del estado Táchira, porque a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, , por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal. Déjese copia para el archivo del Tribunal. Notifíquese de la presente decisión a las partes. Remítanse las presentes actuaciones al archivo judicial una vez firme la decisión, mediante oficio.



Abg. JOSE MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
Juez de Control Nº 10


Abg. _________________-
SECRETARIO (A)
10C-SP21-P-2012-0005038