JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 12 de junio de 2012.

202° y 153°

Visto el contenido del escrito de fecha 07 de los corrientes, suscrita por los ciudadanos: ONÉSIMO DUARTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.627.352 y ANAIDA RONDON DE ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.468.797, en su condición de Alcalde y Sindica Procuradora del Municipio Independencia, respectivamente, asistidos por el abogado JOSE ELISEO MOLINA CHACON, inscrito en el Inrepabogado bajo el N° 48.293; por una parte y por la otra, el ciudadano POLICARPO PACHECO SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.212.479, de este domicilio, en su condición de Concejal y Presidente del Concejo Municipal del Municipio Independencia del Estado Táchira; asistido por la abogada BELKIS ANNEL GUILLLEN DE VEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.857; mediante la cual terminan el presente proceso a través de una TRANSACCIÓN, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) ________¬¬¬¬___, quedó registrada bajo el N° ________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Exp. Nº 2183-2011
mcmc
Va sin enmienda