REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

Sentencia Nro. 559 – 12 – 1.455


CAPÍTULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: Maria Graciela Hernández Belandria, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.154.517, actuando con el carácter de padre del Joven: ANDY JAVIER FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ.

DIRECCIÓN: Domiciliada en la calle 2 entre carreras 5 y 6 Nro.5-73 El Piñal Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: Digno Hilario Fernández Cachón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.212.505, con el carácter de madre del Adolescente ANDY JAVIER FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ.

DIRECCIÓN: Cerca de la línea Paramillo, al frente de la Bomba San Cristóbal, del Estado Táchira.

MOTIVO: Aumento de Obligación de Manutención

Causa Número: 559 – 04

Fecha de Entrada: 21 de enero de 2004



CAPÍTULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 14 de marzo de 2012, mediante diligencia estampada por MARIA GRACIELA HERNÁNDEZ BELANDRIA, con el carácter de madre del adolescente: ANDY JAVIER FERNANDEZ HERNÁNDEZ, contra el ciudadano: DIGNO HILARIO FERNÁNDEZ CHACON, solicita aumento de la obligación de manutención y cancelación de la deuda atrasa.
En fecha 19 de marzo de 2012, se admitió la solicitud de aumento de la obligación de manutención y cancelación de la deuda atrasada, incoada por la ciudadana: MARIA GRACIELA HERNANDEZ BELNADRIA, con el carácter de madre del Adolescente ANDY JAVIER FERNANDEZ HERNÁNDEZ, contra el ciudadano: DIGNO HILARIO FERNANDEZ CHACÓN, se acordó citar al obligado para el acto conciliatorio de aumento de la obligación de manutención y cancelación de la deuda atrasada
En fecha 21 de marzo de 2012, estampó diligencia la demandante ciudadana: MARIA GRACIELA HERNANDEZ BELANDRIA.
En fecha 26 de marzo de 2012, por auto del Tribunal se acordó citar al obligado ciudadano DIGNO HILARIO FERNÁNDEZ CHACON, a los fines de celebrar acto conciliatorio de aumento de la obligación de manutención.
En fecha 26 de marzo de 2012, por auto del Tribunal se acordó una cuota provisional de la obligación de manutención a favor del adolescente ANDY JAVIER FERNANDEZ HERNÁNDEZ.
En fecha 26 de marzo de 2012, se libró oficio al director de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Táchira, solicitando que de las cuotas de obligación de manutención retenidas de la pensión de Jubilación que percibe el ciudadano DIGNO HILARIO HERNÁNDEZ CHACÓN.
En fecha 26 de marzo de 2012, se libró oficio al Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, solicitando la práctica de la citación del obligado ciudadano: DIGNO HILARIO HERNÁNDEZ CHACÓN.
En fecha 26 de marzo de 2012, se libro oficio al Director de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Táchira, solicitando que sean depositadas las cuotas de obligación de manutención retenidas de la pensión de Jubilación del ciudadano JOSE HILARIO HERNANDEZ CHACON.
En fecha 20 de junio de 2012, comparecen de manera voluntaria los ciudadanos: MARIA GRACIELA HERNANDEZ BELANDRIA y JOSE HILARIO FERNANDEZ CHACON, parte demandante y demandada, respectivamente, previa entrevista con la ciudadana Jueza y concedido el derecho de palabra al demandado expuso:
“Ofrezco como nuevo aumento de la obligación de manutención la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,oo) mensuales, y para los mese de agosto y diciembre de Cada año el doble, es decir la Cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.1.200,oo) que se me descuente de la pensión de Jubilación de la gobernación del estado Táchira, a favor del Adolescente ANDY JAVIER FERNANDEZ HERNANDEZ, más el 50% de gastos médicos y medicinas que requiere el Adolescente ante mencionado
Estando presente la demandada, MARIA GRACIELA FERNANDEZ BELANDRIA se le concedió el derecho de palabra quien expuso: “Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mi hijo en toda y cada una de sus partes”
CAPÍTULO III
HOMOLOGACIÓN
En fecha 20 de junio de 2012, comparecieron los ciudadanos: MARIA GRACIELA HERNANDEZ BELANDRIA y FERNANDEZ HILARIO CHACON ; quienes convinieron el aumento del monto de la obligación de manutención, el adolescente: ANDY JAVIER FERNANDEZ HERNANDEZ, forma y oportunidad de pago de la misma; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fijación del aumento de la obligación de manutención, de fecha 20 de junio de 2012, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se acuerda la revisión anual del monto de la Obligación de manutención, conforme a lo establecido en el último aparte de artículo 369 ejusdem.
Líbrese oficio al Director de Recursos Humanos de la Gobernación de Estado Táchira, informando el nuevo monto de la obligación de manutención que sean descontadas de la pensión de jubilación del obligado
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales a los veintidós días del mes junio de dos mil doce. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza

Abog. Rosalba Ruiz Jaimes
La Secretaria Temporal

Abog. Mauryn Rohermy Salinas