REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
EXPEDIENTE N° 4428-12
ACTO CONCILIATORIO POR OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION
OFERENTE: GREGORI ALEXANDER BAUTISTA VEGA.
OFERIDA: IMAR SOLANLLY HERNANDEZ CARRILLO.
En el día de hoy, seis (06) de JUNIO de 2012, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos: GREGORI ALEXANDER BAUTISTA VEGA, titular de la cédula de identidad Nº 16.233.391 e IMAR SOLANLLY HERNANDEZ CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nº 16.422.283, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION. Se da inicio al acto por el Juez Provisorio. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana IMAR SOLANLLY HERNANDEZ CARRILLO, quien manifestó: “Que estoy de acuerdo con el ofrecimiento de obligación de manutención efectuado por el padre de nuestra hija, en la cantidad de quinientos bolivares (Bs. 500°°) mensuales y cuotas extraordinarias para los meses de agosto y diciembre en la cantidad de un mil bolivares (Bs. 1000°°) y solicito que se hagan lo descuentos respectivos de la nómina. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano GREGORI ALEXANDER BAUTISTA VEGA, quien manifestó” Que solicito se hagan los descuentos directamente de la nomina, a partir del mes de agosto de 2012, en cuanto a las cuotas de los meses de junio y julio de 2012, me comprometo a depositarlos voluntariamente. Manifiesto que soy promotor de Fundacomunal, dependiente del Ministerio de las Comunas, comprometiéndome a consignar la dirección exacta en la ciudad de Caracas para la remisión de la comunicación” Es todo. En este estado el Tribunal les hace saber a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos, en igual de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores.”. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de mes de 01 de junio de 2012. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

IMAR SOLANLLY HERNANDEZ CARRILLO

GREGORI ALEXANDER BAUTISTA VEGA

EL SECRETARIO TITULAR

ABG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ