REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
EXPEDIENTE N° 2840-07
ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDANTE: YOSEFIN MILAGROS SARMIENTO MEJIA.
DEMANDADO: JOSE CEVERIANO REYES GARCIA.

En el día de hoy, catorce (14) de junio de 2012, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, los ciudadanos: YOSEFIN MILAGROS SARMIENTO MEJIA, titular de la cédula de identidad Nº 17.861.879 y JOSE CEVERIANO REYES GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº 14.217.840, con la finalidad de realizar ACTO CONCILIATORIO POR REVISION DE OBLIGACION DE MANUTENCION. Se da inicio al acto por el Juez Provisorio. Se abre el acto y se le concede el derecho de palabra al ciudadano: JOSE CEVERIANO REYES GARCIA, el cual manifestó: “Que continuara con la cuota mensuales de trescientos bolivares (Bs. 300,oo), así mismo las cuotas extraordinarias de los meses de Agosto y Diciembre en la cantidad de Seiscientos Bolivares (Bs. 600,oo) y no se hará el aumento por acuerdo entre las partes. Así mismo me comprometo a depositar la cantidad de Ciento Ochenta Bolivares (Bs. 180,oo) requeridos para el acto de Graduación de mi Hija, en la Unidad Educativa “La Monta”,el día 20 de Junio de 2012, esta cantidad de dinero me Comprometo a depositarlos en la cuenta de ahorros del Banco Sofitasa Numero: 0137-0031-11-0001495602, al igual que las subsiguientes cuotas ordinarias y extraordinarias. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana: YOSEFIN MILAGROS SARMIENTO MEJIA, quien manifestó: “Que esta de acuerdo con todo lo expuesto por el padre de nuestra Hija y que cumpla con puntualidad y responsabilidad con el presente acuerdo”. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser compartidos en igual de condiciones, es decir, el 50% por cada uno de los progenitores. Es todo En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIA

ABOG. ANA RAMONA ACUÑA

JOSE CEVERIANO REYES GARCIA

YOSEFIN MILAGROS SARMIENTO MEJIA

EL SECRETARIO TITULAR


ABG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ