JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veinticinco de junio de dos mil doce.
202º y 153º
Recibido por distribución, constante todo de cincuenta y ocho (58) folios útiles. Y visto el escrito presentado por la ciudadana FORMOSINA BERBESI DE SANTANA, titular de la cédula de identidad No. V-1.524.880, asistida por el abogado en ejercicio MARÍA ELENA BECERRA, titular de la cédula de identidad No. V-9.246.893, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 48.492, en el cual exponen que su esposo SEBASTIÁN SANTANA SOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.554.699, fallecida el día 22 de julio de 2010, tal y como se evidencia del Acta de Defunción N° 017, levantada en fecha 28 de julio de 2010, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Sebastián del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, la cual esta anexa al presente escrito, igualmente consignan: 1) Justificativo de Testigos de fecha 16 de septiembre de 2011, evacuado por ante la Notaria Pública Quinta de San Cristóbal del Estado Táchira. 2) Acta de Matrimonio No. 09 del Año 1955. 3) Partida de Nacimiento No. 487 del año 1.955, No. 547 del año 1.957, No. 275 del año 1.956, No. 580 del año 1.967, No. 45 del año 1.959, No. 711 del Año 1.960, No. 5224 del año 1.972, No. 3050 del año 1.961, No. 3969 del año 1.975. 4) Copias de las Cédula de Identidades. Donde se evidencia que los ciudadanos FORMOSINA BERBESI DE SANTANA, MARÍA HAYDEE SANTANA BERBESI, JOSÉ RODRIGO SANTANA BERBESI, ÁNGEL EDECIO SANTANA BERBESI, CARMEN JOVINA SANTANA BERBESI, ALBINA SANTANA BERBESI, AURA MAGDALENA SANTANA DE HERNÁNDEZ, YRIS VIRGINIA SANTANA BERBESI, RAQUEL MARISELA SANTANA BERBESI, SONIA CAROLINA SANTANA BERBESI, es el único y universal heredero del fallecido SEBASTIÁN SANTANA SOSA. Es por lo que este Tribunal ADMITE la presente solicitud y en consecuencia este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a FORMOSINA BERBESI DE SANTANA, MARÍA HAYDEE SANTANA BERBESI, JOSÉ RODRIGO SANTANA BERBESI, ÁNGEL EDECIO SANTANA BERBESI, CARMEN JOVINA SANTANA BERBESI, ALBINA SANTANA BERBESI, AURA MAGDALENA SANTANA DE HERNÁNDEZ, YRIS VIRGINIA SANTANA BERBESI, RAQUEL MARISELA SANTANA BERBESI, SONIA CAROLINA SANTANA BERBESI, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-1.524.880, V-4.212.729, V-5.023.819, V-5.672.274, V-5.023.818, V-5.641.519, V-5.686.020, V-9.231.747, V-10.171.836, V-11.509.386, en su condición de ESPOSA E HIJOS del fallecido SEBASTIÁN SANTANA SOSA, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo TODOS LOS DERECHOS DE TERCEROS. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas a la parte interesada, a los fines legales.
El Juez Temporal,


Abg. Juan José Molina Camacho
La Secretaria,


Abg. Anaminta Peñaloza Espinoza
Exp.- 7395-2012.- en la misma fecha se deja copia para el archivo bajo el No. 384
Emily.-