JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, seis (06) de junio de dos mil doce.
AÑOS: 201° y 153°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil y VEINTIDOS (22) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana MARIA VALENTINA PRATO OCHOA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.229.519, asistida por el Abogado en ejercicio FERNANDO RAMON MARTINEZ RAMIREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 90.957, en el cual expone: que el día 26 de abril de 2.012, falleció el ciudadano CARLOS HUMBERTO PRATO ZAMBRANO, quien en vida fuese venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.092.859, quien estuvo domiciliado en la Urbanización Altos de Pirineos, Calle 38, Casa No. 37-28, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, habiendo tenido su deceso en el Centro Clínico San Cristóbal, Avenida Guayana con Avenida Las Pilas de esta Jurisdicción, a causa de “…PARO CARDIORESPIRATORIO- PERFORACION INTESTINAL- ABDOMEN AGUDO CA-PULMON…”, según Certificado de Defunción No. 1496599 de fecha 26/04/2012, suscrito por la Doctora BELEN LOPEZ, titular de la cédula de identidad No. V-17.810.778; tal y como se desprende del Registro de Defunción No. 347, levantado el 03 de mayo de 2.012, por ante el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; habiendo presentado la solicitante los siguientes anexos:
Copia certificada de Registro de Defunción No. 347 del año 2.012, perteneciente a “CARLOS HUMBERTO PRATO ZAMBRANO”, expedida el 02 de mayo de 2.012, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Matrimonio No. 20 del año 1.967, perteneciente a los ciudadanos “CARLOS HUMBERTO PRATO ZAMBRANO y MARIXA JOSEFINA OCHOA CASTRO”, expedida el 03 de mayo de 2.012, por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No. 96 del año 1.968, perteneciente a “MARIA ALEJANDRA”, expedida el 03 de mayo de 2.012, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No. 1062, del año 1.973, perteneciente a “ROMAN AMENODORO”, expedida el 03 de mayo de 2.012, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No. 374 del año 1.976, perteneciente a “MARIA VALENTINA”, expedida el 03 de mayo de 2.012, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-2.092.859, V-3.194.038, V-9.228.273, V-11.108.336, V-12.229.519; pertenecientes a los ciudadanos CARLOS HUMBERTO PRATO ZAMBRANO, MARIXA JOSEFINA OCHOA de PRATO, MARIA ALEJANDRA PRATO OCHOA, ROMAN AMENODORO PRATO OCHOA, MARIA VALENTINA PRATO OCHOA, en su orden.-
Justificativo de Testigos, evacuado el 25 de mayo de 2.012, por ante la Notaría Pública Quinta de San Cristóbal, estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: EDGAR AUGUSTO PAZ SAYAGO y MIGUEL ANTONIO GUERRERO MALDONADO, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-3.310.975 y V-3.997.415, en su orden; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante CARLOS HUMBERTO PRATO ZAMBRANO, dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a su Cónyuge e Hijos, que a continuación se especifican.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MARIXA JOSEFINA OCHOA de PRATO, MARIA ALEJANDRA PRATO OCHOA, ROMAN AMENODORO PRATO OCHOA, MARIA VALENTINA PRATO OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad, V-3.194.038, V-9.228.273, V-11.108.336, V-12.229.519 en su condición Cónyuge la primera y de Hijos los restantes del causante CARLOS HUMBERTO PRATO ZAMBRANO, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.



Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 3242, siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario