REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
202° y 153°
ASUNTO: SP01-L-2012-000188
PARTE ACTORA: la ciudadana NEIRA CAMARGO TORRES, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 27.881.193
PARTE DEMANDADA: la empresa GARZÓN HIPERMERCADO C.A., representada por su Presidente GREGORIO HIGINIO GARZÓN JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula n.° V- 9.218.667
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: DANIELA ISMERIA MALDONADO MALDONADO, titular de la cédula de identidad Nro.V-17.810.091, con Inpreabogado Nro.159.235
MOTIVO: COBRO DE DÍAS DOMINGOS ADEUDADOS

En el día hábil de hoy, Veinticinco (25) de junio de 2012, siendo las 2:30 p.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, la apoderada de la parte demandada DANIELA ISMERIA MALDONADO MALDONADO, titular de la cédula de identidad Nro.V-17.810.091, con Inpreabogado Nro.159.235, tal como consta en sustitución de poder de fecha 02 de abril de 2.012, que se encuentra agregado en los folios 19 al 23 del expediente, se deja constancia que la parte demandante ciudadana NEIRA CAMARGO TORRES, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 27.881.193, no compareció a la realización de dicha audiencia, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por NEIRA CAMARGO TORRES, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 27.881.193, contra la empresa GARZÓN HIPERMERCADO C.A., representada por su Presidente GREGORIO HIGINIO GARZÓN JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula n.° V- 9.218.667, por COBRO DE DÍAS DOMINGOS ADEUDADOS. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ


BEATRIZ GONZALEZ GIRALDO

LA SECRETARIA

La Presente,

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:
DANIELA ISMERIA MALDONADO MALDONADO