JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL,
Revisado como ha sido el presente expediente se observa:
Que en fecha dieciocho de mayo de dos mil once, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, DECLAR0 INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO PROPUESTA por el ciudadano PABLO ANTONIO PEREZ ARANDA, titular de la cédula de identidad N° 9.335.858, en su condición de propietario y trabajador por cuenta propia del Quiosco Mini lunch de perros y hamburguesas y bebidas refrescantes, ubicado en la Quinta Avenida entre calles 11 y 12, asistidos por los abogados ALVIO OLIVER HURTADO HERNANDEZ E IRMA NATIVIDAD SANDOVAL USECHE, en contra del representante legal de la Constructora 2014 en la persona del ciudadano Carlos Mora.
Ahora bien, por cuanto de las actas procesales se desprende que declarada la inadmisibilidad del Amparo, la parte presuntamente agraviada no ejerció el Recurso de Apelación en contra de la Sentencia dictada, quedando definitivamente firme la sentencia dictada por este Tribunal, es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, DECLARA TERMINADO LA PRESENTE ACCION Y ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, y así se decide.
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia y se dejó copia certificada para el Archivo del Tribunal.
IRALI J.URRIBARRI D.
SECRETARIA
Zulay
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