REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 23 de Julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2012-002252
ASUNTO : SP11-P-2012-002252

RESOLUCION

Visto el escrito presentado por las Abgs. Carolina Fernández Y Moraima Pineda Mendoza Fiscalía 26 del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figuran como imputada KELLY ANDREINA GARCIA por la comisión del delito TRATO CRUEL, en perjuicio de NIÑA CH.T.V.G de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:

En fecha 25-10-2012, , interpone denuncia el ciudadano Danel Vega Escamilla, en contra de la ciudadana Kelly Andreina Garcia progenitora de su hija de dos años, cuando fue a visitar a la niña cuando se lanzo encima de alegría de verla la mama le agarro el cabello y la mando contra el pavimento y se golpeo la carita, bajo los efectos del alcohol. Hecho ocurrido en la casa de la abuela . Como consecuencia de la denuncia se dio inicio a la investigacion
Como diligencias de investigación corre en autos:
• Denuncia Común
• Acta de investigación penal

Ahora bien, analizadas las actas que conforman la presente causa de las mismas no se desprenden suficientes elementos de convicción. Por cuanto la niña no fue llevada a realizarle reconocimiento medico legal, no es menos cierto que agotada como fue la base de investigación y tomando en consideración por el tiempo transcurrido desde la fecha en que sucedieron los hechos que no hay la posibilidad de incorporar nuevos elementos con los que se pueda establecer la responsabilidad penal de persona alguna, el Tribunal considera procedente declarar el Sobreseimiento de la causa existiendo la imposibilidad de incorporar nuevos elementos a la presente investigación, lo cual conlleva a una falta de certeza tanto de la determinación científica del delito y de sus autores 0 participes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal y así decide:

POR LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS ESTE TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY UNICO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa donde figuran como imputada KELLY ANDREINA GARCIA por la comisión del delito TRATO CRUEL, en perjuicio de NIÑA CH.T.V.G., de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.



ABG. RICHARD ENRIQUE HURTADO CONCHA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

ABG
SECRETARIA