REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Estado Táchira
San Cristóbal, 9 de Julio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2012-005409
ASUNTO : SP21-P-2012-005409

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Visto el escrito, presentado por el ciudadano ABG. MORAIMA PINEDA MENDOZA en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual solicita a este Tribunal el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, signada por el Ministerio Público bajo el N° 20F7-0115-09, y por este Tribunal bajo el Nº 10C-SP21-P-2012-005409, seguida en contra del Ciudadano OBRANGEL ENRIQUE TARAZONA GARCIA por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES Previsto y sancionado en el articulo 413 Del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, para decidir observa:

DE LOS HECHOS
En fecha 31 de enero de 2009, se recibe acta de investigación penal por accidente de tránsito, suscrita por el funcionario ROSMEL ALIRIO RODRIGUEZ, adscrito al cuerpo Técnico de Vigilancia de Transito y Transporte Terrestre del Modulo de Auxilio vial cucharo, por medio del cual se deja constancia que se encontraba de servicio cuando fue comisionado por el centralista de servicio para que se trasladara a la troncal 005 sector el corozo a la altura de la pasarela entrada al barrio santa lucia, donde había ocurrido un accidente de tránsito, al tener conocimiento de tal información se traslado al lugar y pudo constatar que se trataba de una colisión entre vehículos con saldo de dos personas lesionadas, hecho ocurrido cuando el conductor N° 02 JHORMAN LEONARDO PEREZ se incorporo de una vía de menor a mayor circulación interceptándole la vía al conductor N° 1 OBRANGEL ENRIQUE TARAZONA GARCIA DURAN.
Por lo antes expuesto, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:
1. ACTA DE INVESTIGACION PENAL POR ACCIDENTE DE TRANSITO de fecha 31 de enero de 2009, por medio del cual se deja constancia del tiempo, lugar y modo de cómo ocurrieron los hechos.
2. CROQUIS DEL ACCIDENTE, por medio el cual se deja constancia de la posición de los vehículos.
3. Acta de entrevista, realizada al ciudadano JOSE GILBERTO QUINTERO CARDENAS, por medio del cual expuso sobre las circunstancias que ocurrieron los hechos en la presente averiguación.

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Por lo antes expuesto, considera este Juzgador, que de la revisión realizada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia que los hechos que dieron origen a la presente investigación por la presunta comisión de delito LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, sin embargo de las diligencias practicadas, considera que no existen elementos que permitan determinar la responsabilidad del ciudadano OBRANGEL ENRIQUE TARAZONA GARCIA, en la comisión de algún delito, en las cuales se determino según consta en la inspección realizada en el lugar de los hechos se evidencio que el accidente se origino cuando el conductor JHORMAN LEONARDO PEREZ, se incorporo de una vía de menor a mayor circulación interceptándole la vía al conductor OBRANGEL ENRIQUE TARAZONA GARCIA, en consecuencia es claro que prevaleció la inobservancia de la misma victima al interceptarle la vía a otro conductor y considerando que en el mismo no se encuentran debidamente demostrada la responsabilidad del imputado. por lo tanto no puede atribuírsele al imputado el hecho objeto del proceso, es por lo que este Juzgador considera procedente la solicitud fiscal.

Es por ello, que no existiendo condiciones objetivas en el expediente que permitan determinar la realización de cualesquiera de los actos que condicionan el cumplimiento ilícito, se concluye que es procedente la solicitud Fiscal de sobreseimiento conforme lo prevé el ordinal 1º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse ajustada a derecho, en consecuencia este Tribunal procede a decidir el Sobreseimiento de la causa solicitado por el Ministerio Público, y así lo decide.-
DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA FISCAL N° 20F7-0115-08, y por este Tribunal bajo el Nº 10C-SP21-P-2012-005409, seguida en contra del Ciudadano OBRANGEL ENRIQUE TARAZONA GARCIA por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES Previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.


Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-


ABG. JOSE MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
JUEZ DECIMO DE CONTROL


ABG.CRISTINA MUÑOZ
SECRETARIO
Causa 10C-SP21-P-2012-005409