En el día de hoy viernes (27) de Julio de Dos Mil Doce (2012), siendo las 9:00 AM, tal como fue acordado en el auto anterior de fecha 27/072012, se trasladó éste TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS: AYACUCHO, MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, a cargo de la Juez Ejecutora Provisoria, Abogada: Saida Yamilka Prada Chacón, con su Secretario: William Froilan Zambrano Zambrano y se constituyo en una casa signada con el N° 12-57, ubicada en la calle 7, entre carreras 12 Y 13 del Barrio la Esperanza, de esta ciudad de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de cumplir el Exhorto, emanado del Juzgado del Municipio Ayacucho de esta Circunscripción Judicial, librado en la Solicitud Nº 325312, relacionado con INSPECCION JUDICIAL; solicitada por la ciudadana: CARMEN GRACIELA GARCIA SANCHEZ, asistida del Abogado: RAUL CASTRO ARISMENDI, plenamente identificados en el referido exhorto. Presentes en el citado inmueble, la solicitante, ciudadana: CARMEN GRACIELA GARCIA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.095.798, de este domicilio, asistida para este acto por el Abogado: RAUL CECILIO CASTRO ARISMENDI, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.584.334, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.686, de este domicilio. Se encuentra presente en éste acto, el ciudadano: JESUS ANTONIO GARCIA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V:- 8.095.720, y hábil en su condición de copropietario del inmueble objeto de la presente inspección. Seguidamente en este acto la parte solicitante y su abogado asistente, ya identificados, solicito el derecho de palabra y concedido que le fue por este Tribunal, expuso: “A los fines de dar cumplimiento con la Inspección Judicial, ordenada por el Tribunal del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, solicito se designe de Experto, al ciudadano: CIERVO MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.551.090, de este domicilio, para que conjuntamente con este Tribunal Ejecutor de Medidas, se proceda a dejar constancia los particulares solicitados en la solicitud de esta Inspección Judicial”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, visto lo peticionado por la parte solicitante y su abogado asistente, ya identificados, procede a nombrar y a juramentar de experto al Ciudadano: CIERVO MOLINA, supra identificado, quien estando presente en el sitio expuso: “Acepto el nombramiento de experto y juro cumplir bien y fielmente con todo lo inherente al mismo y para tomar las medidas del inmueble objeto de la inspección judicial, hago uso de una cinta métrica”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado procede a dejar expresa constancia de los particulares señalados en la solicitud de Inspección Judicial. AL PRIMERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado, procede a dejar expresa constancia con el documento en mano, que la medida actual por el lindero FRENTE, mide seis metros (6,0 mts), coincidiendo con la medida señalada en el documento de propiedad del citado inmueble. AL SEGUNDO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado, procede a dejar expresa constancia que la medida actual del lindero NORTE: mide seis metros (6,0 mts), coincidiendo con la medida que se señala en el documento de propiedad del citado inmueble. AL TERECERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado, procede a dejar expresa constancia que la medida actual por el lindero ORIENTE, mide treinta y cinco metros con noventa centímetros (35,90 mts), no coincidiendo con la medida que señala el documento de propiedad del referido inmueble. AL CUARTO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con el experto designado, deja expresa constancia, que la medida actual por el lindero OCCIDENTE, mide treinta y cinco metros con noventa centímetros (35,90 mts), no coincidiendo con la medida señalada en el documento de propiedad del inmueble donde esta constituido este Tribunal Ejecutor de Medidas. AL QUINTO: Hace uso de palabra en función a la reserva hecha por la solicitante en la presente solicitud “Pido a este Tribunal, se verifique que las colindancias que se indican en el documento de propiedad son las mismas que reflejan el inmueble donde actualmente está constituido este Tribunal Ejecutor.” Visto lo peticionado por el solicitante este Tribunal procede conjuntamente con el experto designado a dejar constancia de los Linderos actuales del inmueble de marras siendo las siguientes: FRENTE: colinda con la calle 7; NORTE: colinda con propiedad de Amelia Moreno; ORIENTE: colinda con propiedad de José Benito Guerrero; OCCIDENTE: colinda con propiedad de Euclides García. Este Tribunal deja expresa constancia que la dirección donde se constituyó a la realización del acto de la inspección judicial, fue señalada por la solicitante y su abogado asistente, supra identificados. Es todo, no siendo otro el objeto de este Tribunal, se declara concluido el acto, se declara cumplido el Exhorto ordenado por el Tribunal Comitente, se acuerda dejar copias fotostáticas certificadas para el archivo de este Tribunal y acuerda retornar a su sede a las 11:50 AM. Se deja constancia que el traslado de éste Tribunal, no generó ningún tipo de Arancel ni emolumento alguno. Término, se leyó y conformes firman.-


LA JUEZ EJECUTORA PROVISORIA
ABG: SAIDA YAMILKA PRADA CHACON

LA SOLICITANTE:
CARMEN GRACIELA GARCIA SANCHEZ



JESUS ANTONIO GARCIA SANCHEZ
CO-PROPIETARIO DEL INMUEBLE




ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE
ABG: RAUL CECILIO CASTRO ARISMENDI



EL EXPERTO
CIERVO MOLINA

EL SECRETARIO
WILLIAM FROILAN ZAMBRANO Z.


EXHORTO N° 856/2.012