JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, treinta y uno de julio de dos mil doce.
202º y 153º
En el presente juicio N° 7513 instaurado por el abogado HORST ALEJANDRO FERRERO KELLERHOFF, titular de la cédula de identidad N° V-3.194.462, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 8.907, contra MARIA EDUVINA SANCHEZ DE CHACONA Y RAFAEL CHACON, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.066.619 y V-3.999.970, en su orden, por Cobro de Bolívares por Intimación; y vista la diligencia de fecha 25 de julio de 2012, suscrita por el abogado Horst Ferrero, con el carácter acreditado en autos, donde manifiesta que la parte demandada canceló la deuda contraída, por ello solicita se levante la medida decretada, se de por terminado el juicio (fs. 27).
Por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 LEVANTAR LA MEDIDA, decretada el 12 de agosto de 2011, sobre un inmueble, consistente en un local comercial identificado con el N° 1, del Edificio Don Pablo, construido sobre terreno ejido, propiedad del Municipio San Cristóbal, ubicado en la calle 3 N° 12-05, planta baja con certificado de Empadronamiento 20-23-02-U01-001-028-006-000-000-000, La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, tiene un área de construcción de 74,85 mts.2, dentro de los siguientes linderos: NORTE. Con mejoras que son o fueron de Pablo Enrique González; SUROESTE. En parte con local N° 2, en parte con escaleras de acceso a la planta alta, en parte con calle 3 en línea quebrada y en parte con mejoras que son o fueron de PABLO ENRIQUE GONZALEZ, ESTE: En parte con mejoras que fueron de Pablo enrique González, hoy de José Antonio Gutiérrez Ragua, en parte con escalera de acceso a la planta alta en parte con local N° 2 en línea quebrada. Le corresponde un porcentaje de condominio sobre los bienes y cargas comunes de la edificación del 20,42%, según consta en documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, en fecha 17 de mayo de 2007, bajo la matricula 2007-LRI-T37-33. Dicho inmueble le pertenece a los codemandados MARIA EDUVINA SANCHEZ DE CHACON Y RAFAEL CHACON, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.066.619 y V-3.999.970, en su orden, según documento protocolizado ante la Oficina de Registro Subalterno del Primer Circuito, en fecha26-10-2007, inscrito bajo la matricula 2007,-LRI-T83-48.
 Dejar sin efecto el oficio N° 5790-1028 de fecha 12-08-2011.
 Participar lo conducente al Registro Público del Primer Circuito de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira.
 Entregar original de la letra de cambio que se encuentra en la caja de seguridad del Tribunal.
 Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 472, oficio N° 945