Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, cuatro de Julio de dos mil doce.
202° y 153°
Vistas las pruebas promovidas por el abogado JORGE ORLANDO CHACON CHAVEZ, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano FELIX ANTONIO ZAMBRANO ARAQUE, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la Sentencia definitiva.
En cuanto a la prueba de EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS promovida en el particular OCTAVO de su escrito de pruebas; donde expresamente le solicita a los demandantes que exhiban los originales de los documentos públicos que presentó en copia simple con el libelo de la demanda; a tal efecto este Tribunal le observa al promoverte de la prueba que el articulo 429 del Código de Procedimiento Civil permite la consignación en autos de copias o reproducciones fotostáticas de instrumentos públicos y a menos que estas copias sean impugnadas la parte que las presentó deberá de conformidad con la norma consignar los originales o copias certificadas de estos instrumentos; por lo tanto no habiendo sido impugnados por la parte demandada los instrumentos presentados en copia simple por el demandante, es improcedente ordenar la exhibición, por lo tanto este Tribunal NIEGA la prueba promovida en este sentido.



La Juez Titular

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS

La Secretaria

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ



Elena