REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
SAN CRISTÓBAL, 29 DE FEBRERO DE 2012
201 y 153
Expediente N° SP01-L-2011-000322 (Por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales).

ACTA DE HOMOLOGACION DE ACUERDO

En el día de hoy, miércoles 29 de febrero de 2012, siendo las once y cuarenta cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.), el Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana ROSA ALICIA PANTALEON GAFARO, identificada con la cédula N° E.-81.159.942, acompañada de la abogada REINA COROMOTO CHACÓN GÓMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.163, parte demandante y del ciudadano OSCAR ORLANDO GÓMEZ ANGOLA, identificado con la cédula N° V.-3.996.304, en su condición de representante legal del la sociedad mercantil EXPRESOS MÉRIDA C.A., acompañado del abogado JHONNY CLARET DUQUE PAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 28.352, parte demandada, quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de llegar a un acuerdo que le colocara fin a la presente controversia, por un monto total de CIENTO TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs.130.000,00), los cuales serán cancelados en cinco (05) pagos por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito Laboral, de la siguiente manera: 1).- En este acto se paga la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00), mediante cheque N° 3552312, librado contra la cuenta N° 0134-0340-61-3401014275, del Banco Banesco, emitido a nombre de la trabajadora. 2).- El día martes 20 de marzo de 2012, la cantidad de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00). 3).- El día viernes 20 de abril de 2012, la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00). 4).- El día lunes 21 de mayo de 2012, la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00) y 5).- El día miércoles 20 de junio de 2012, la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,00). Propuesta que fue aceptada por la trabajadora ROSA ALICIA PANTALEON GAFARO, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a su favor, por los conceptos reclamados. Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y ordenara la remisión del expediente al Juzgado Segundo de Sustanciación Mediación y Ejecución una vez transcurrido el lapso para impugnar el contenido de la presente acta. Se hacen cuatro ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto.
EL JUEZ,
ABG. JOSE LEONARDO CARMONA G.

La demandante


Abogada de la parte demandante


Representante legal de la demandada


Apoderado Judicial de la demandada

La Secretaria


ABG. LINDA FLOR VARGAS
JLCG/lfvz