REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO


En el día de hoy, martes diecisiete de enero de dos mil doce, siendo las 9:30 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio DEYSI MARÍA SANDOVAL ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.041, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano: JERRY ADRIANI MORENO RONDON, titular de la C.I. N° V-15.243.335; é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Estacionamiento Maxiautos, ubicado en la carrera 21 de Barrio Obrero, San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre bienes propiedad de la parte demandada, Sociedad Mercantil Maxiautos C.A, representada por el ciudadano: CARLOS ANDRÉS QUINTERO DAZA, titular de la C. I. N° V-11.300.888, en el JUICIO que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA se sigue en el expediente N° 5.960-2010 que cursa por ante el Juzgado de la causa. Acompaña al Tribunal los funcionarios policiales CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Se encuentra presente el ciudadano: CARLOS ANDRÉS QUINTERO DAZA, titular de la C.I. N° V- 11.300.888, en su condición de representante de la demandada, la Jueza lo notificó del presente acto, indicándole que dispone de (30) minutos para que se comunique con su abogado de confianza o su apoderado judicial, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el artículo 49, ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente. En este estado siendo las 11:10 a.m., se hicieron presentes los abogados en ejercicio ANTÓNIO JOSÉ MARTÍNEZ CASANOVA y GERMAN ROLANDO PEÑARADA RODRÍGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el N°s 104.754 y 104.756 respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandante. En este estado la parte actora solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Por cuanto en este sitio no es posible ubicar bienes propiedad de la demandada para señalar para su embargo, solicito muy respetuosamente a este Tribunal Ejecutor de Medidas se suspenda la presente ejecución en el día de hoy, reservándome el derecho de solicitar mediante diligencia se fije nueva oportunidad, es todo”. El Tribunal visto el pedimento hecho anteriormente por la parte actora Acuerda SUSPENDER la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo y ordena mantener la comisión en este Despacho. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 12:00 meridium y regresa a su sede. Termino, se leyó y conformes firman.


LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

LA PARTE ACTORA,

ABG. DEYSI MARIA SANDOVAL ROJAS.


EL FUNCIONARIO POLICIAL,


CHARLES VICTOR MORA DÍAZ


EL DEMANDADO NOTIFICADO,


CARLOS ANDRES QUINTERO DAZA.



LOS APODERADOS JUDICIALES DEL DEMANDADO,


ABG. ANTONIO JOSÉ MARTÍNEZ CASANOVA.



ABG. GERMAN ROLANDO PEÑARANDA R.



LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO