REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

CAPITULO I
DE LAS PARTES

Sentencia N°1474-12-1306

DEMANDANTE: Fermín Ernesto Herrera Ayala, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad de identidad N° V-19.353.067, con el carácter de padre de los niños Lisney Alejandra y Lesniel Esnaider Herrera Morantes.

DIRECCIÓN: Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADA: Lilia Esther Morantes Sáenz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-20.226.486, con el carácter de Madre los niños Lisney Alejandra y Lesniel Esnaider Herrera Morantes.


DIRECCIÓN: Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira


MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

CAUSA NRO. 1474-11

Fecha de Entrada: 12 de Enero de 2012.





CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 12 de Enero de 2012, se recibió oficio Nro. 034, procedente de la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, el cual remiten Acta de Fijación Obligación de Manutención donde los ciudadanos FERMIN ERNESTO HERRETA AYALA y LILIA ESTHER MORANTES SAENZ, llegando las partes al siguiente acuerdo inserto en el folio (11) vuelto que dice lo siguiente: “01.-El señor Fermín se compromete dar 300 Bs, quincenales para un total 600 Bs mensuales para la alimentación de sus hijos. 02.- El Señor Fermín se compromete a comprar la mitad de los útiles escolares, igualmente en el mes de Diciembre los estrenos así mismo con las medicinas si se llegan a enfermar. 3.-La Señora Lilia esta de acuerdo por lo expuesto del señor Fermín así mismo le firmara el recibo de pago al momento de hacer entrega el dinero de no estar la señora Lilia presente le podrá firmar la abuela materna la señora Elida Sáenz por que viven en la casa de habitación de la abuela.”
En fecha 12 de Enero del 2012, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la notificación de los ciudadanos FERMIN ERNESTO HERRERA AYALA y LILIA ESTHER MORANTES SAENZ.
En fecha 12 de Enero de 2012, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión y Homologación de la presente demanda.

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN


En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes FERMIN ERNESTO HERRERA AYALA y LILIA ESTHER MORANTES SAENZ, inserta en el folio (f. 11 vuelto), por ante la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, de acuerdo con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los doce días del mes de Enero del dos mil doce. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza

ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario.

ABG. LUIS ALFONSO SANCHEZ PEREZ