REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales. NOMBRE

CAPITULO I
DE LAS PARTES

Sentencia N°1471-12-1305

DEMANDANTE: Leila Monsalve Muñoz, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.-21.419.568, con el carácter de madre del niño: Leyner Andrés Rodríguez Monsalve.

DIRECCIÓN: Domiciliada en el Barrio Brisa de Teteo, dos cuadaras del ambulatorio Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: Luís Gonzalo Rodríguez Rincón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 19.952.987, con el carácter de padre del niño: Leyner Andrés Rodríguez Monsalve.

DIRECCIÓN: Domiciliado en el Barrio Brisa de Teteo, carrera 4 Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.


MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

CAUSA NRO. 1471-12

Fecha de Entrada: 12 de Enero de 2012.

CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 12 de Enero de 2012, se recibió oficio Nro. 040-12, procedente de la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, el cual remiten Acta de Fijación Obligación de Manutención donde los ciudadanos LEILA MONSALVE MUÑOZ y LUIS GONZALO RODRIGUEZ RINCÓN, llegando las partes al siguiente acuerdo inserto en el folio (11) vuelto que dice lo siguiente: “Las partes acordaron que el Sr. Luís Gonzalo Rodríguez Rincón padre del niño, Leyner Andrés Rodríguez Monsalve, se compromete a darle a la señora Leila Monsalve Muñoz la cantidad de Doscientos Bolívares (Bs.200) quincenales para un total de Cuatrocientos Bolívares mensuales, a través de un recibo de pago que la señora leila firme, igualmente el señor Luís Gonzalo Rodríguez se compromete a comprarle las medicinas que la señora le entregué el recipe para el comprársela, Así mismo la ropa le compra cada vez que lo necesita….”
En fecha 12 de Enero de 2012, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la notificación de los ciudadanos LEILA MONSALVE y LUIS GONZALO RORIGUEZ RINCON.
En fecha 13 de Enero de 2012, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión y Homologación de la presente demanda.

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN


En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación de obligación de Manutención suscrita entre las partes LEILA MONSALVE y LUIS GONZALO RORIGUEZ RINCON, inserta en el folio (f. 11 vuelto), por ante la Defensoría Educativa del Municipio Fernández Feo del Estado Táchira; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, de acuerdo con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Déjese copia Certificada para el archivo del Tribunal.
Dado, firmado, sellado y refrendado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los doce días del mes de Enero del dos mil doce. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza


ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario.-

ABG. LUIS ALFONSO SANCHEZ PEREZ