REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.
San Cristóbal, 20 de Noviembre de 2012
202° y 153°

ASUNTO: N° 16581

Por recibida la anterior solicitud de HOMOLOGACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, contante de -13- folios útiles, procedente del Ministerio Publico Fiscalía Décima Tercera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a petición de los ciudadanos VICKI RIQUET VILLAFAÑE DURAN colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de Ciudadanía N° 1.127.351.669, domiciliada en el barrio la Popa, Vereda 7 casa S/N al lado del mercal, Municipio San Cristóbal Estado Táchira teléfono 0426-829-9161, Y EDWARD ANSELMO MARTINEZ PABON, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° 7.144.226, domiciliado en el barrio La Chucuri, parte alta, calle principal, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, teléfono 0426142-0699, en beneficio del niño (a) y/o adolescente “SE OMITE DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA” de -11-, -10- y -09- años de edad, identificados en las Partidas de Nacimientos de signados con el N° 1744, N° 1919, N° 11803 insertas en el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
“… el padre le entregará a la madre de sus hijos, la cantidad de mil bolívares (1.000 Bs.), en efectivo, se compromete igualmente a costear el 50% por cientos de los gastos inherentes a las medicinas, el doble de la cantidad fijada, para los gastos propios de la temporada escolar y decembrina, así como cualquier otro eventual que sea importante para el desarrollo integral de ella. Por su parte la ciudadana VICKI RIQUET VILLAFAÑE DURAN manifestó que acepta el ofrecimiento realizado por el padre, es todo, se leyó y conformes firman…”

Por consiguiente esta Juez Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO, procédase como en sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en el articulo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y se ordena el archivo del presente expediente, y ordena su traslado de este Tribunal al archivo inactivo. Fórmese legajo. Cúmplase..



Abg. MILAGROS DEL VALLE ROJAS DE DURAN
Juez Cuarto de Primera Instancia de
Mediación, Sustanciación y Ejecución


Abg. SANDRA MARQUEZ B.
Secretaria



Exp. Nº 16581
yohana r.-