En el día de hoy, miércoles cinco de diciembre de dos mil doce, siendo las 9:20 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio MAYRA ALEJANDRA CONTRERAS PAEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 71.832 quien actúa con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano: LUIS EDUARDO LOZANO VILLAMIZAR, titular de la C.I. N° V- 8.988.427; é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 03, Urbanización Terrazas de Monterrey, ubicada en el Sector la Guayana, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES se sigue contra los ciudadanos: JESÚS ARMANDO CASTRO NAVARRO y LUZ YAJAIRA CADAMO CARRILLO, titulares de las C.I N°s. V- 10.146.357 y V- 11.506.656 respectivamente, en el expediente N° 13.426-12 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “por cuanto en el sitio indicado a este Tribunal no es posible ubicar bienes propiedad de la parte demandada, solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas suspenda la presente ejecución en el día de hoy, reservándome el derecho de solicitar nueva oportunidad, es todo”. En este estado el Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora acuerda SUSPENDER la presente ejecución en el día de hoy, y ordena mantener la comisión en este Despacho. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:40 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.



LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ACTORA,


ABG. MAYRA ALEJANDRA CONTRERAS PAEZ


LA SECRETARIA,

HAYDEÉ SOCORRO MORENO