REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO
DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SAN CRISTÓBAL, 19 DE DICIEMBRE DE 2012
202º Y 153º
ACTA
ASUNTO: SP01-N-2012-000007
PARTE RECURRENTE: Sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCOUNIVERSAL,, C.A., inscrita en el Registro de Comercio que llevó la Secretaria del Juezgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día 08 de enero de 1.957, bajo el No. 88, Tomo 1°.
APODERADOS JUDICIALES: HERNANDO BARBOZA, LIANETH QUINTERO, RAFAEL ROUVIER MATOS, ANDRÉS MELEAN NAVA, RAFAEL PIÑA YSEA, DIOSCORO CAMACHO E IRENE GOTERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 89.805, 82.976, 109.235, 142.935, 143.345, 103.040 y 133.098.
PARTE RECURRIDA: INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL).
MOTIVO: NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES
En el día de hoy, miércoles diecinueve (19) de diciembre de 2012, siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 am), constituido el Tribunal Superior en la Sala del Juicio de la Coordinación Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, se anunció la Audiencia Oral y Pública de exposición de Alegatos en la presente causa, presidida por el ciudadano Juez, abogado José Gregorio Hernández Ballén, con la asistencia del Secretario del Tribunal, abogado José Gregorio Guerrero, y el Alguacil, Julio Pérez. Al llamado a la misma sólo concurrió el abogado JESÚS NEPTALÍ ESCALANTE PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 44.504, apoderado judicial de la tercera interesada, ciudadana SANDRA ISABEL ESPITIA GARCÍA, titular de la cédula de identidad No. V- 14.504.880. Por tal motivo se deja expresa constancia de la incomparecencia de los representantes legales o judiciales de la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL, C.A.. Por tal motivo, el ciudadano Juez, obrando conforme al primer aparte del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de nulidad en contra de la certificación de enfermedad ocupacional No. 0089-2011, dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales en fecha 27 de mayo de 2011, y ordena el archivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ BALLÉN
Juez Superior Primero del Trabajo
JESÚS NEPTALÍ ESCALANTE PÉREZ
Apoderado de la tercera interesada
JOSÉ GREGORIO GUERRERO
Secretario
ASUNTO: SP01-N-2012-000007
JGHB/Edgar M.
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