REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO NÚMERO DOS.

San Cristobal, 23 de Agosto de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2011-007259
ASUNTO : SP21-P-2011-007259

Vista como ha sido la solicitud presentada por el Abogado EVELIO CHACON RINCON en fecha 17 de Agosto de 2012 y recibida por este Tribunal en fecha 20 de Agosto de 2012, actuando en su condición de Defensor Privado del Ciudadano JHONATHAN ESTUPIÑAN FUENTES, a quien se le sigue causa penal N° SP21-P-2011-007259, en la cual solicita se autorice traslado al Ciudadano Acusado JHONATHAN ESTUPIÑAN FUENTES al Centro de Diagnóstico Integral de la Ciudad de Santa Ana del Municipio Córdoba del Estado Táchira, para la realización estudio radiológico que se describe en referencia del Departamento Médico del Centro Penitenciario de Occidente que anexa a la solicitud y que corre al folio 09 del expediente de autos pieza II; al respecto, este Tribunal debe considerar que, siendo el derecho a la salud un derecho fundamental, sobre la cual se estatuye la propia configuración del Estado Venezolano, como garante de los derechos civiles y sociales, colectivos y difusos, en los términos previstos en nuestra norma constitucional, específicamente en su artículo 82; así como que la titularidad de tal derecho esta dirigida a todas las personas en igualdad de condiciones, y siendo que el acusado requiere atención médica especializada en una institución pública, de lo cual consta copia simple de informe al folio 09 del expediente de autos pieza II; es por lo que, quien aquí tiene la responsabilidad de juzgar, autoriza el traslado del acusado JHONATHAN ESTUPIÑAN FUENTES a los fines de que se realice estudio radiológico, al Centro de Diagnóstico Integral de la Misión Barrio Adentro II, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud, ubicado en la Ciudad de Santa Ana del Municipio Córdoba del Estado Táchira, y en consecuencia ordena al Director del Centro Penitenciario de Occidente ubicado en la Ciudad de Santa Ana del Municipio Córdoba del Estado Táchira, se sirva materializar el traslado para el día 24 de agosto de 2012 para tratamiento indicado a la patología descrita, y así se decide. Así mismo ordena al Departamento Médico del Centro Penitenciario de Occidente se sirva enviar informe a este Tribunal sobre el tratamiento practicado al Acusado Ciudadano JHONATHAN ESTUPIÑAN FUENTES, y así se decide.
Ofíciese al Director del Centro de Diagnóstico Integral de la Misión Barrio Adentro II adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud ubicado en la Ciudad de Santa Ana del Municipio Córdoba del Estado Táchira y al Departamento Médico del Centro Penitenciario de Occidente, líbrese la respectiva boleta de traslado.



ABG. DIEGO FERNANDO MOLINA RONDON
JUEZ SEGUNDO EN FUNCIONES DE JUICIO


ABG. NAIRETH KARINA CARDENAS
SECRETARIA



10:20 AM