En el día de hoy martes catorce (14) de agosto de Dos Mil Doce (2.012), siendo las 09:40 AM, tal y como fue acordado en el auto anterior y previa habilitación del tiempo necesario, se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a cargo de la Juez Ejecutora Provisoria Abogada SAIDA YAMILKA PRADA CHACON, con su Secretario WILLIAM FROILAN ZAMBRANO ZAMBRANO y se constituyó en el inmueble Nº 4-38, ubicado en la calle 4, con carrera 6, del Barrio las Flores, de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de cumplir el exhorto ordenado por el Juzgado del Municipios Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, librado en la solicitud de Inspección Judicial Nº 334312, solicitada por el Abogado: CARLOS ALBERTO DEPABLOS VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.145.021, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 53.246, domiciliado en la Ciudad de Rubio del Estado Táchira y aquí de tránsito, en su carácter de Apoderado Judicial del la ciudadana: SAIDA YUDITH ZAMBRANO GUERRERO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-19.925.233, conforme a Poder Especial, de fecha 17/04/2012, autenticado, bajo el Nº 31, tomo 35, de los libros respectivos llevado por el registro publico con funciones notariales del Municipio Junín y Rafael Urdaneta del Estado Táchira. Presente en el inmueble, el Apoderado Actor, supra identificado, solicito el derecho de palabra y concedido como le fue por este Tribunal Ejecutor de Medidas, expuso: “Solicito sea notificada de la Inspección Judicial a practicarse en este inmueble, a la a la ciudadana: AREVALO RONDON DUVIS ELIANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.644.243, quien fuera la cónyuge del ciudadano: YVAN ALFONSO RONDON MOLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-8100972, (fallecido).” Es todo. Seguidamente este Tribunal procede a notificar de la inspección judicial, a la ciudadana: AREVALO RONDON DUVIS ELIANA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.644.243, con domicilio, donde se constituyo este Tribunal, quien estando presente expuso: “Quedo notificada de la inspección judicial que va a practicar este Tribunal Ejecutor de Medidas” Seguidamente este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a solicitud del apoderado judicial dejar constancia de los siguientes particulares. AL PRIMERO: Este Tribunal Ejecutor de Medidas, exhorta a la ciudadana: AREVALO RONDON DUVIS ELIANA, supra identificada, permita el ingreso al depósito que se encuentra adjunto al inmueble donde esta constituido este Tribunal, donde debiera reposar la Mercancías plenamente descrita en el Informe de Contabilidad (Inventario de Mercancías), que rielan en los folios 10, 11 y 12, insertos en la presente solicitud de inspección judicial, para lo cual la notificada, expone: “ informo a este Tribunal Ejecutor de Medidas, que en vista de que yo necesitaba el galpón donde se encontraba la mencionada mercancía, llame vía telefónica a la Ciudadana: LEIDA VIRGINIA CONTRERAS HERNANDEZ, quien tengo conocimiento es la mujer del ciudadano: EDGAR OSWALDO ZAMBRANO SANCHEZ, a fin de que retirara la mercancía, por cuanto necesito el galpón desocupado y la misma fue retirada hace aproximadamente un (1) mes, quien procedió inmediatamente a retirar la mercancía del galpón, ignorando el paradero de la misma, desprendiéndome de esta manera de esta responsabilidad”. Es todo. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, se abstiene en pronunciarse sobre los particulares SEGUNDO y TERCERO, por cuanto la mercancía no se encuentra en el galpón y el apoderado judicial no tiene peticiones que hacer en la presente solicitud. Es todo. No siendo otro el objeto de este Tribunal, declara cumplida la Inspección Judicial, se declara concluido el acto, se acuerda dejar copia fotostática para el archivo de este Tribunal, se deja constancia que el traslado de este Tribunal, a la realización de este acto, no genero ningún tipo de arancel ni emolumento alguno por su actuación y acuerda retornar a su sede a las 10:10AM. Terminó. Se leyó y conformes firman. Se deja constancia que la dirección donde se constituyo este Tribunal a la práctica de la Inspección Judicial, fue señalada por el apoderado judicial supra identificado.-

LA JUEZ EJECUTORA PROVISORIA
ABG.. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON

LA NOTIFICADA

AREVALO RONDON DUVIS ELIANA



EL SOLICITANTE, APODERADO JUDICIAL
ABG. CARLOS ALBERTO DEPABLOS VILLARROEL



EL SECRETARIO
WILLIAM FRILAN ZAMBRANO

EXHORTO N° 885/2012