GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, catorce de agosto de dos mil doce.-
202º y 153º
De la revisión efectuada al presente expediente esta Juzgadora observa:
Que en fecha 09 de Febrero de 2009, este Tribunal le dio entrada a la solicitud hecha por la ciudadana ALIDA ANTONIA ZAMBRANO DE VELASCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.887.736, asistido por la Abogada Mary Gisela Vargas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 116.953 en la que solicita la RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO N° 371 de fecha 23 de Junio de 1953, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en el sentido de que aparece erróneamente el nombre de la madre del solicitante “ANA FRANCISCA RAMÍREZ” siendo su nombre correcto TERESA RAMÍREZ DE ZAMBRANO, se ordenó la publicación de un edicto, la notificación del Fiscal del Ministerio Público del Estado Táchira y Oficiar al Director de la ONIDEX.------------------------------------------------------------------
En fecha 27 de Marzo de 2009, se agregó oficio procedente de la Dirección General de Identificación y Extranjeria.-------------------------------------
El artículo 267 del Código del Procedimiento Civil establece:
“ Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin
haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”

Ahora bien, del estudio de las actas que conforman el presente expediente, se observa que desde el 27 de Marzo de 2009, fecha en que se agrego el oficio de la ONIDEX, ha transcurrido hasta el día de hoy mucho mas de un (01) año, sin haberse efectuado ninguna actuación procesal para impulsar el proceso, produciéndose de esta forma la figura de la Perención de la Instancia que contempla el articulo 267 del Código de Procedimiento Civil.---------------------------------------




Por lo anterior, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República de
Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y en consecuencia EXTINGUIDO el presente proceso.-----------------
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Archívese el expediente.-------------------------------------------------------

REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
JUEZ TITULAR

Irali Jocelyn Urribarri Díaz
Secretaria
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