REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CORTE DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Juez Ponente: Abogado Luis Alberto Hernández Contreras.
Se encuentran las presentes actuaciones en esta Corte de Apelaciones, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Abogada Yolimar Carolina Vera Ramírez, Defensora Pública Primera con competencia en materia penal, actuando con el carácter de defensora del ciudadano Jackson José Suárez Valencia, contra la Sentencia dictada por el Tribunal en Funciones de Juicio de Violencia Contra la Mujer, en fecha 11 de enero de 2012, y publicada en fecha 20 de enero de 2012.
Recibidas las actuaciones en esta Corte de Apelaciones, se les dio entrada el día 13 de agosto de 2012, y se designó ponente al Juez Abogado Luis Alberto Hernández Contreras, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.
En fecha 21 de agosto de 2012, por no estar comprendido en alguna de las causales de inadmisibilidad determinadas en el artículo 437 eiusdem, la Corte de Apelaciones, se ADMITIÓ dicho recurso, por haber sido interpuesto dentro del lapso legal y se acordó resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes.
Ahora bien, revisadas las actuaciones, se observa lo siguiente:
Primero: En fecha 22 de agosto de 2012, fue consignado ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, escrito presentado por la Abogada Yolimar Carolina Vera Ramírez, Defensora Pública Primera con competencia en materia penal, actuando con el carácter de defensora del ciudadano Jackson José Suárez Valencia, mediante el cual manifiesta que en visita carcelaria de fecha 21 de agosto de 2012, sostenida en el Centro Penitenciario de Occidente, su defendido le manifestó su voluntad de desistir del recurso de apelación de sentencia interpuesto en fecha 30 de enero de 2012, por lo que solicita se traslade su defendido, razón por la que se acordó el referido traslado.
Segundo: En fecha 27 de agosto de 2012, siendo las nueve horas y cuarenta minutos de la mañana (09:40 am), fue trasladado por el órgano legal competente, desde el Centro Penitenciario de Occidente, el acusado Jackson José Suárez Valencia, a fin de imponerlo del escrito presentado ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por la Abogada Yolimar Carolina Vera Ramírez, Defensora Pública Primera con competencia en materia penal, por lo que expuso lo siguiente: “Quedo impuesto del contenido del escrito, y señalo que no quiero seguir con el recurso de apelación que interpuso mi defensora, yo lo que quiero es que la causa me la pasen al tribunal de ejecución, desisto del mismo, es todo”.
En virtud de lo anterior, habiendo el acusado de autos ejercido la facultad que le otorga el Código Orgánico Procesal Penal, para desistir del recurso de apelación interpuesto por la Abogada Yolimar Carolina Vera Ramírez, Defensora Pública Primera con competencia en materia penal, contra la Sentencia dictada por el Tribunal en Funciones de Juicio de Violencia Contra la Mujer, en fecha 11 de enero de 2012, y publicada en fecha 20 de enero de 2012, de conformidad con el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal, esta Sala da por DESISTIDO dicho recurso, homologándose dicho desistimiento y dándole autoridad de cosa juzgada, por cuanto el mismo no afecta el orden público ni las buenas costumbres. Así se decide.
DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones en Sala Accidental del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
ÚNICO: Da por DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Yolimar Carolina Vera Ramírez, Defensora Pública Primera con competencia en materia penal, actuando con el carácter de defensora del ciudadano Jackson José Suárez Valencia, contra la Sentencia dictada por el Tribunal en Funciones de Juicio de Violencia Contra la Mujer, en fecha 11 de enero de 2012, y publicada en fecha 20 de enero de 2012, y homologa dicho desistimiento, dándole autoridad de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en la Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los veintiocho (28) días del mes de agosto de 2012. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
Los Jueces de la Corte
Abogada Ladysabel Pérez Ron
Presidenta
Abogado Rhonald David Jaime R. Abogado Luis Alberto Hernández Contreras
Juez Juez Ponente
Abogada María Arias Sánchez
Secretaria
En la misma fecha se cumplió lo ordenado
Abogada María Arias Sánchez
Secretaria
1-As-019-2012/LAHC/ecsr*.
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