REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
201º y 153º

EXPEDIENTE Nº SPO1-L-2012-000152
PARTE ACTORA: SABRINA DE LOS ANGELES BARACALDO PRATO,JOSE RODOLFO VIVAS HERNANDEZ Y YUSNARY KADELI JAIMES RAMIREZ, titulares de las cédulas nros:V-8.985.093, 15.541.396 y 17.369.136.
ABOGADA DEL ACTOR: MARIA MILAGROS, de IPSA Nro: 79.155..
PARTE DEMANDADA: GARZON HIPERMERCADO C.A.
MOTIVO: COBRO DE DIAS DOMINGO LABORADOS.
En el día de hoy, lunes 23 de Abril de 2011, siendo las once de la mañana 11:00 a.m oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, previo anuncio de Ley realizado por el Alguacil de este Tribunal, se deja constancia que se encuentra presente el trabajador y la abogada de la parte actora; en este estado se deja constancia además, que la parte demandada en la presente causa, GARZON HIPERMERCADO C.A., no se hizo presentes ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del Fallo, declarando que una vez revisada la petición del demandante y encontrándola que no es contraria a derecho, se presume la Admisión de los Hechos alegados y probados por el demandante cuyas pruebas se consignan en este acto en escrito de pruebas 01 folio útil, más 10 anexos, y en tal sentido: este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLAR CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA POR: SABRINA DE LOS ANGELES BARACALDO PRATO, JOSE RODOLFO VIVAS HERNANDEZ Y YUSNARY KADELI JAIMES RAMIREZ JAIME BASTO SANTOS, condenándose a la parte demandada en base a los artículos establecidos bajo la LEY ORGANICA DEL TRABAJO, al pago de los siguientes conceptos y montos:

1-En Relación a la trabajadora: SABRINA BARACALDO:
Fecha de Ingreso: 14-01-2004.


- Por concepto de días Domingos Laborados, le corresponden del año 2004 al 2006, 120 días, para un total Bs.2.275, 04.



2-En Relación a la trabajadora: JOSE VIVAS:
Fecha de Ingreso: 16-01-2006.


- Por concepto de días Domingos Laborados, le corresponden del año 2006, 15 días, para un total Bs.349,02.



3-En Relación a la trabajadora: YUSNARY JAIMES:
Fecha de Ingreso: 02-01-2006.


- Por concepto de días Domingos Laborados, le corresponden del año 2006, 17 días, para un total Bs.395,76.


- La cantidad total del monto completo que arroja la sumatoria de los conceptos anteriores, y que se condena a pagar a el demandado GARZON HIPERMERCADO C.A, es la cantidad total de TRES MIL DIEZ Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 3.019,80) monto éste que se condena a cancelar el demandado; más los intereses del Artículo 108 de LOT, de conformidad con lo establecido en la Sentencia 11/11/2008, dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia del Magistrado Luis Francheschi.

_a) Los intereses de mora y la indexación sobre la prestación por antigüedad serán calculados por un único experto desde la fecha de terminación de la relación de trabajo, hasta la fecha de la materialización del presente fallo.
-b) La indexación sobre los demás conceptos condenados, es decir, vacaciones y utilidades serán calculados por un único experto desde la fecha de notificación de la demandada hasta que la presente decisión quede definitivamente firme, excluyéndose de dicho cálculo los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo entre las partes, por hechos fortuitos y de fuerza mayor y por vacaciones judiciales.

PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201°y 153°.


La Jueza,

Dra. Yalena Mora

PARTE ACTORA.

EL SECRETARÍO.
EXP.2012-152.