REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 2 de Abril de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2011-002824
ASUNTO : SP11-P-2011-002824

INHIBICION

En audiencia del día de hoy, lunes dos (02) de abril de 2012, siendo las nueve horas de la mañana (09:00 am.), la abogado MARLENY MAYLET CARDENAS CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.792.619, en su carácter de Juez Temporal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Extensión San Antonio, conforme a lo dispuesto en los artículos 87 y 89 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, expone: “Por cuanto, de la revisión realizada en el presente asunto, se observa que en fecha 17 de febrero de dos mil doce (folios 99 al 109 de las actuaciones), emití opinión cuando me encontraba ejerciendo labores como Juez Temporal de Primera Instancia en Función de Control Número Uno de este Circuito Judicial Penal, Extensión San Antonio del Táchira, dictando decisión en donde acorde: “…PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Ministerio Publico en contra del acusado MIGUEL ÁNGEL ROA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de pie de Cuesta, Departamento de Santander del Sur, República de Colombia, nacido en fecha 16 o 20 de mayo de 1.962, de 51 años de edad, titular de la cédula de ciudadanía Nº 91.341.065, hijo de Gustavo Guerrero (v) y de Carmen Roa (v), soltero, de profesión u oficios obrero, residenciado en Pinto Salinas parte alta, más arriba de adonde Álvaro, ultima casa de la parte alta San Antonio del Táchira, Municipio Bolívar del estado Táchira; teléfono 0416-173.77.98, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio del en perjuicio de N. B. O. C., (Adolescente); de conformidad a lo establecido en el artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas por la representante del Ministerio Publico, por considerarlas, lícitas, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos; de conformidad a lo establecido en el artículo 330 numeral 9, del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: SE DICTA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA de la Libertad, al acusado MIGUEL ÁNGEL ROA, de conformidad a lo establecido en el artículo 250 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, manteniendo a su vez como sitio de reclusión la Comisaría San Antonio de la Policía del estado Táchira, dada la entidad del delito señalado. CUARTO SE DECRETA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, al acusado MIGUEL ÁNGEL ROA, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio del en perjuicio de N. B. O. C., (Adolescente)de conformidad a lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se emplaza a las partes a asistir a la Audiencia de Juicio correspondiente”. En merito de lo anterior, me inhibo del conocimiento de la presente causa, por encontrarme incursa en la causal de inhibición prevista en el numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal”. En razón de lo expresado, se acuerda remitir inmediatamente las presentes actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo, a los fines señalados en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal y en el aparte final del artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; así como, la remisión de la copia certificada de la presente acta junto con la copia certificada del acta de calificación de flagrancia, a la Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los efectos previstos en el encabezamiento del artículo 48 del citado cuerpo normativo.


LA JUEZ TEMPORAL DE JUICIO No 2
ABG. MARLENY MAYLET CARDENAS CORREA