REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Verificado el cumplimiento de condiciones impuestas con ocasión a la suspensión condicional del proceso, seguida contra NELSON MORENO CAMARGO, venezolano, nacido el 27&06/1982, titular de la cédula de identidad N° V- 15.546.749, domiciliado en la calle principal de El Nula, casa s/n, color beige, tres casas después de la iglesia a mano derecha, esto Apure; por la comisión de los delitos de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, en perjuicio de José Gregorio García Guerrero, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de la cosa pública; este Tribunal para decidir considera:

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN

Este Tribunal, observa que en fecha 11 de abril de 2011, se celebró audiencia preliminar donde fue decretada a favor de NELSON MORENO CAMARGO, la suspensión condicional del proceso, imponiéndole como condiciones, presentarse cada sesenta (60) días ante la oficina d alguacilazgo.

Ahora bien, verificado el cabal cumplimiento de las condiciones impuestas tal como lo refleja el record de presentaciones que consta al folio 67, y habiendo transcurrido el régimen de prueba establecido en la audiencia preliminar celebrada en fecha 11 de abril de 2011, es por lo que este Juzgador declara la extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia se decreta el sobreseimiento de la causa; a favor de NELSON MORENO CAMARGO; por la comisión de los delitos de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, en perjuicio de José Gregorio García Guerrero, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; cesando así las condiciones bajo las cuales se decretó la suspensión condicional del proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal; y así se decide.


DISPOSITIVO

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Número Ocho del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve:

PRIMERO: Decreta la extinción de la acción penal de la causa seguida a NELSON MORENO CAMARGO, venezolano, nacido el 27&06/1982, titular de la cédula de identidad N° V- 15.546.749, domiciliado en la calle principal de El Nula, casa s/n, color beige, tres casas después de la iglesia a mano derecha, esto Apure, por la comisión de los delitos de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, en perjuicio de José Gregorio García Guerrero, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; al haberse verificado el régimen de prueba impuesto en la suspensión condicional del proceso decretada en fecha 11/04/2011; de conformidad con el numeral 7 del artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 45 eiusdem.

SEGUNDO: Se decreta el sobreseimiento de la causa a NELSON MORENO CAMARGO, por la comisión de los delitos de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416, en perjuicio de José Gregorio García Guerrero, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD; de conformidad con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, déjese copia, a los fines de ser archivada en el copiador de decisiones llevado en el Tribunal. Notifíquese a la defensa, imputado y víctima.



ABG. ELISEO JOSE PADRON HIDALGO
JUEZ OCTAVO EN FUNCIÓN DE CONTROL



ABG. DARCY ORTIZ MACEA
SECRETARIA

8C-10029-09