Comisión N° 874-2012.
En el día de hoy lunes dieciséis (16) de abril de dos mil doce, siendo las nueve de la mañana, se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer aproximadamente un kilómetro se constituyó en el inmueble ubicado en la prolongación de la carrera 12, aproximadamente a 60 metros del inicio de la vía hacia el sector Aguadíaz, parte alta de la población de La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de dar cumplimiento a la Solicitud de Inspección Ocular signada en este despacho como Comisión N° 874-2012 y que fuera acordada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 17 de febrero de 2012, que guarda relación con la Solicitud N° 1738, a petición del Abogado José Gilberto Guerrero Contreras, actuando como apoderado Judicial del ciudadano: Gregorio Ramón Montilva Sánchez. Está presente por la parte actora el Abogado: José Gilberto Guerrero Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.903.876, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 16.157. Al llegar al lugar donde se constituyó el Tribunal se procedió a designar a los expertos que intervendrán en la práctica de la inspección y a tal fin se designó como experto en construcción al ciudadano: Heriberto Ramón Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-6.159.976 y como experto fotógrafo al ciudadano: David Leonardo Laguado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-19.777.374, quienes impuestos de sus deberes y derechos aceptaron el nombramiento y prestaron el juramento de Ley. Acto seguido la solicitante pide el derecho de palabra y concedido como fue expuso: Ruego al ciudadano Juez pase a pronunciarse sobre los particulares a que se refiere la solicitud y que rielan al vuelto del folio dos. El Tribunal se pronuncia sobre los puntos solicitados así: Al Primero: Se deja constancia que efectivamente existe un portón metálico pintado de color negro cuyas bases se sujetan a dos columnas de cemento y cabilla para rematar en una pestaña de pared en el límite frontal con la prolongación de la carrera 12, dicho terreno tiene las siguientes medidas según lo indicado por el experto en construcción: por el frente mide cuatro metros con sesenta centímetros (4,60 m); por el fondo cuatro metros con sesenta centímetros (4,60 m); por el lado derecho Veinte metros con treinta centímetros (20,30 m) y por el lado izquierdo mide veinte metros con treinta centímetros. Se deja constancia que de la parte posterior de los inmuebles que tienen su frente por la calle 2, algunos construyeron garajes y puertas de acceso por el terreno inspeccionado, es todo. Al Segundo: el tribunal deja constancia que en la parte de la pared que sostiene el portón existe a una altura aproximada de 1,80 metros un cajetín metálico en cuyo interior hay un medidor de CADELA signado con el Número 05301422, de la cuenta Número 2858, cuya acometida viene de un poste de la calle 12 y se interna luego en el inmueble contiguo a la propiedad donde está constituido el Tribunal. Al Tercero: el Tribunal deja constancia que luego de indagar con vecinos o colindantes del predio se determinó que el referido lote de terreno es utilizado por La sucesión Sánchez Gómez; por la Sucesión Pineda Zambrano; por la Sucesión Pineda Gómez; por el ciudadano Wilfrido Guerrero y por los ciudadanos: Clodoaldo Guerrero Méndez y por la ciudadana Efigenia Guerrero, es todo. El tribunal le concede al experto fotógrafo un lapso de tres días hábiles a los fines de consignar las impresiones fotográficas que documentan la inspección. La cámara fotográfica utilizada para las tomas es marca Sony, modelo HDR-HC9, Serial 134726, de fabricación japonesa. No habiendo mas puntos sobre el cual pronunciarse es por lo que se declara cumplida en su totalidad e integridad la presente comisión. El secretario da lectura al acta y hace constar que no hay objeciones contra la misma y que en la presente actuación no se genero gastos, ni tasas, ni aranceles, ni emolumento alguno, a favor de este Tribunal, pues las actuaciones aquí realizadas son totalmente gratuitas. Se dio por concluido el acto a las diez y quince de la mañana (10:15 a.m.). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. El Juez,

Abog. José Agustín Pérez Villamizar
El Solicitante,

Abog. José Gilberto Guerrero Contreras
El Experto en Construcción,

Ramón Heriberto Pérez
El Experto Fotógrafo,

David Leonardo Laguado
El Secretario,

Abog. Pablo Alirio Pastrán Contreras