JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, diecisiete (17) de abril de 2012.
AÑOS: 201° y 153°
Vista la diligencia presentada en fecha 16 de abril de 2012, por las ciudadanas NELLY ENRIQUETA SUS CORREDOR y MARÍA LOURDES CAICEDO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.490.442 y V-10.174.965, de este domicilio la primera y la segunda domiciliada en la Urbanización Campo Claro, casa N° 20, nombre: “Leche y Miel”, Tucape, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, debidamente asistidas por el abogado PEDRO ANTONIO ROMERO CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 171.542, en su condición de parte demandada, mediante la cual se dan por citadas, renunciando al lapso de comparecencia, y reconocen en su contenido y firma el documento objeto del presente juicio, y por cuanto el mismo equivale a un convenimiento en todas y cada una de sus partes del libelo de demanda, este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.
ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL
ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo la una treinta de la tarde (01:30 p.m.), quedando registrada bajo el N° 3143; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
Expediente N° 13.359-2012
Radr
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