REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO TACHIRA
JUEZ SEGUNDA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

San Cristóbal, 21 de Septiembre de 2011
201º y 152º


EXPEDIENTE Nº: 1473

MOTIVO: OTRAS AUTORIZACIONES

SOLICITANTE: KEILA YARITH PABON TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.929.717.

BENEFICIARIO: adolescente “SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA”.

En fecha 15 de Noviembre de 2010, se recibió por Distribución escrito presentado por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio García de Hevia, previa solicitud de la ciudadana KEILA YARITH PABON TORRES, presentada con anexos.
Admitida por ante este Despacho en fecha 23 de noviembre de 2010, se instó a la solicitante a consignar Informe Medico pormenorizado que demuestre el estado de salud mental de la adolescente y notificar a la Fiscalía especializada del Ministerio Público.
Ahora bien, habiendo transcurrido un lapso prudencial sin que la parte interesada haya realizado alguna actuación tendiente a mantener en curso el proceso, y no cumpliendo con los requerimientos del Tribunal acordados en el auto de admisión, se evidencia que la causa se encuentra paralizada, configurándose con ello el abandono de la solicitud por falta de interés del solicitante en la continuación del procedimiento correspondiente, y habiendo transcurrido más de un mes, lapso fijado en el artículo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para que dure la Jurisdicción Voluntaria igualmente, considera esta Jurisdicente que la parte solicitante ha abandonado su pretensión, siendo procedente declarar terminada la presente causa, Y ASI SE DECIDE.
En razón de lo cual, esta Juez Segunda de Mediación, Sustanciación, Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana KEILA YARITH PABON TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.929.717.

Publíquese, regístrese, expídase copia para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los diecinueve días del mes de Septiembre de dos mil once. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.

ABG. HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRIGUEZ
Juez Segunda De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación y Ejecución



ABG. LEANDRO CONTRERAS
SECRETARIO (T)

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.
Secretaria (o)

Exp. Nº 1473
LAGR.-