REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
SAN CRISTÓBAL, 07 DE OCTUBRE DE 2011
201 y 152
Expediente No. SP01-L-2010-000438. (Por cobro de indemnizaciones derivadas de accidente de trabajo).

ACTA DE HOMOLOGACION DE ACUERDO

En el día de hoy, Viernes 07 de Octubre de 2011, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), el Tribunal deja constancia de la comparecencia del demandante ciudadano EFRAIN PEREZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.22.638.111., acompañado de su apoderada judicial Abogada MILAGROS ANDREU SUAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.67.059., y del apoderado judicial de la demandada abogado JUAN AGUSTÍN RAMIREZ MEDINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.71.471., quienes manifestaron al Tribunal su voluntad de llegar a un acuerdo que le colocara fin a la presente controversia, por un monto total de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,00.) de los cuales son cancelados la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00.), en este acto en dinero efectivo y moneda de curso legal y en fecha 07 de Noviembre de 2011, la cantidad restante de DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.10.000,00.) por ante este Circuito Judicial Laboral. Propuesta que fue aceptada por el trabajador, con lo cual no quedará ningún saldo pendiente a su favor, por los conceptos reclamados ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y ordenara la remisión del expediente al Juzgado Tercero de Sustanciación Mediación y Ejecución una vez transcurrido el lapso para apelar del contenido de la presente acta. Se hacen cuatro ejemplares a un mismo tenor y a un solo efecto.
EL JUEZ,
ABG. JOSE LEONARDO CARMONA G.

El demandante.
Apoderada Judicial de la Demandante. Apoderado Judicial de la demandada.
LA SECRETARIA,
ABG. Isley Gamboa.