JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, cinco de octubre de dos mil once.
201º y 152º
En el presente juicio N° 6622 instaurado por BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL, contra el ciudadano LUIS ALEJANDRO UBAC RUIZ, y EMILE DEL CARMEN RAMIREZ GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.975.985 y V-8.975.977, en su orden, por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio; y vista la diligencia de fecha 26 de septiembre de 2011, suscrita por la abogada actora Lilibeth Ochoa Rueda, mediante la cual consigna constancia de finiquito expedida por el Banco Bicentenario, donde consta que la parte demandada nada adeuda, por lo que se solicita se de por terminado el juicio y se levante la medida (fs. 68 y 69)
Por cuanto este Juzgado observa que el pedimento hecho no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
 LEVANTAR LA MEDIDA, decretada el 23 de marzo de 2010.
 El desglose del original del documento de Reserva de Dominio y dejar en su lugar copia fotostática certificada.
 Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Anaminta Peñaloza Espinoza
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 555
Marilu