REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA

201º y 152º
N° DE EXPEDIENTE: SP01-L-2011-000473
PARTE ACTORA: JAIMARA CASTRO HUÉRFANO y CARLOS EDUARDO VILLAMIZAR CASTRO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad N° 15.079.847 y 16.122.999
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: RICHARD ANDERSON HERNÁNDEZ MORA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 98.326
PARTE DEMANDADA: COOPERATIVA SISTEMA INTEGRAL DE TELECOMUNICACIONES (SINATEL) R.L representada por el Ciudadano EDUARDO ENRIQUE PALACINO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 14.502.807
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SIN CONSTITUIR
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, catorce (14) de octubre de dos mil once (2011), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecen los Ciudadanos JAIMARA CASTRO HUÉRFANO y CARLOS EDUARDO VILLAMIZAR CASTRO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad N° 15.079.847 y 16.122.999, asistidos por el Procurador de Trabajadores, Abogado RICHARD HERNÁNDEZ MORA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 15.028.568, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 98.326, actuando con el carácter de parte demandante. En este estado el Tribunal deja constancia de la incomparecencia a esta Audiencia Preliminar, de la parte demandada, la COOPERATIVA SISTEMA INTEGRAL DE TELECOMUNICACIONES (SINATEL), R.L, quien no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo, declarando que una vez revisada la petición de los demandantes y encontrándola que no es contraria a derecho, DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por los Ciudadanos JAIMARA CASTRO HUÉRFANO y CARLOS EDUARDO VILLAMIZAR CASTRO, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad N° 15.079.847 y 16.122.999, contra la COOPERATIVA SISTEMA INTEGRAL DE TELECOMUNICACIONES (SINATEL) R.L, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, por lo que se condena a la parte demandada a pagar a los demandantes la cantidad total de VEINTIDOS MIL CIENTO VEINTIDOS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 22.122,51), por los siguientes conceptos:

JAIMARA CASTRO HUÉRFANO:

Fecha de Inicio de la Relación Laboral: 17/09/2008
Fecha de culminación: 17/07/2010
Motivo de terminación de la relación laboral: Retiro Voluntario
Duración: 1 año y 10 meses

PRIMERO: Vacaciones cumplidas y fraccionadas (Art. 219 y 225 LOT): 1) Desde el 17/09/2008 al 17/09/2009, 15 días x Bs. 83,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 1.249,95. 2) Desde el 17/09/2009 al 17/07/2010, 13.33 días x Bs. 83,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 1.110,79. Total Bs. 2.360,74

SEGUNDO: Bono vacacional cumplido y fraccionado (Art. 223 LOT): 1) Desde el 17/09/2008 al 17/09/2009, 7días x Bs. 83,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 583,31 2) Desde el 17/09/2009 al 17/07/2010, 6.66 días x Bs. 83,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 554,98. Total Bs. 1.138,29

TERCERO: Utilidades (Art. 174 LOT): 1) Desde el 17/09/2008 al 31/12/2008, 3.75 días x Bs. 43,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 162,49 2) Desde el 01/01/2009 al 31/12/2009, 15 días x Bs. 83,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 1.249,95. 3) Desde el 01/01/2010 al 17/07/2010, 7.5 días x Bs. 83,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 624,98. Total Bs. 2.037,42

CUARTO: Antigüedad (Art. 108 LOT):


PERÍODO SALARIO MENSUAL SALARIO DIARIO ALICUOTA UTILIDADES ALICUOTA BONO VACAC SALARIO INTEGRAL DÍAS X MES ANTIGÜEDAD MENSUAL ANTIGÜEDAD ACUMULADA TASA INTERES MES INTERES ACUMULADO
Sep-08 0,00 0,00 0,00 0,00
Oct-08 0,00 0,00 0,00 0,00
Nov-08 0,00 0,00 0,00 0,00
Dic-08 0,00 0,00 0,00 0,00
Ene-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 442,13 19,76% 7,28 7,28
Feb-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 884,26 19,98% 14,72 22,00
Mar-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 1.326,39 19,74% 21,82 43,82
Abr-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 1.768,52 18,77% 27,66 71,48
May-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 2.210,65 18,77% 34,58 106,06
Jun-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 2.652,78 17,56% 38,82 144,88
Jul-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 3.094,91 17,26% 44,52 189,40
Ago-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 3.537,04 17,04% 50,23 239,62
Sep-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 3.979,17 16,58% 54,98 294,60
Oct-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 4.421,30 17,62% 64,92 359,52
Nov-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 4.863,43 17,05% 69,10 428,62
Dic-09 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 5.305,56 16,97% 75,03 503,65
Ene-10 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 5.747,69 16,74% 80,18 583,83
Feb-10 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 6.189,81 16,65% 85,88 669,72
Mar-10 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 6.631,94 16,44% 90,86 760,57
Abr-10 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 7.074,07 16,23% 95,68 856,25
May-10 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 7.516,20 16,40% 102,72 958,97
Jun-10 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 7.958,33 16,10% 106,77 1065,75
Jul-10 2.500,00 83,33 3,47 1,62 88,43 5 442,13 8.400,46 16,34% 114,39 1180,13


Antigüedad (Art. 108 parágrafo 1° LOT): 10 días x Bs. 88,43 = Bs. 884,30
Total a pagar a JAIMARA CASTRO HUÉRFANO: Bs. 16.001,34


CARLOS EDUARDO VILLAMIZAR CASTRO:

Fecha de Inicio de la Relación Laboral: 15/07/2009
Fecha de culminación: 17/07/2010
Motivo de terminación de la relación laboral: Retiro Voluntario
Duración: 1 año y 2 días


PRIMERO: Vacaciones (Art. 219 LOT): Desde el 15/07/2009 al 17/07/2010, 15 días x Bs. 73,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 1.099,95

SEGUNDO: Bono vacacional (Art. 223 LOT): Desde el 15/07/2009 al 17/07/2010, 7 días x Bs. 73,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 513,31

TERCERO: Utilidades (Art. 174 LOT): 1) Desde el 15/07/2009 al 31/12/2009, 6.25 días x Bs. 60,00 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 375,00 2) Desde el 01/01/2010 al 17/07/2010, 7.5 días x Bs. 73,33 salario diario, arroja la cantidad de Bs. 549,98. Total Bs. 924,98


CUARTO: Antigüedad (Art. 108 LOT):

PERÍODO SALARIO MENSUAL SALARIO DIARIO ALICUOTA UTILIDAD ALICUOTA BONO VACAC SALARIO INTEGRAL DÍAS X MES ANTIGÜEDAD MENSUAL ANTIGÜEDAD ACUMULADA TASA INTERES MES INTERES ACUMULADO
Jul-09 0 0 0 0
Ago-09 0 0 0 0
Sep-09 0 0 0 0
Oct-09 0 0 0 0
Nov-09 1.800,00 60,00 2,50 1,17 63,67 5 318,33 318,33 17,05% 4,52 4,52
Dic-09 1.800,00 60,00 2,50 1,17 63,67 5 318,33 636,67 16,97% 9,00 13,53
Ene-10 2.200,00 73,33 3,06 1,43 77,81 5 389,07 1025,74 16,74% 14,31 27,84
Feb-10 2.200,00 73,33 3,06 1,43 77,81 5 389,07 1414,81 16,65% 19,63 47,47
Mar-10 2.200,00 73,33 3,06 1,43 77,81 5 389,07 1803,89 16,44% 24,71 72,18
Abr-10 2.200,00 73,33 3,06 1,43 77,81 5 389,07 2192,96 16,23% 29,66 101,84
May-10 2.200,00 73,33 3,06 1,43 77,81 5 389,07 2582,04 16,40% 35,29 137,13
Jun-10 2.200,00 73,33 3,06 1,43 77,81 5 389,07 2971,11 16,10% 39,86 176,99
Jul-10 2.200,00 73,33 3,06 1,43 77,81 5 389,07 3360,19 16,34% 45,75 222,74

Total a pagar a CARLOS VILLAMIZAR CASTRO: Bs. 6.121,17

QUINTO: De conformidad con la Sentencia N° 1841 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 11-11-2008, se condena a la parte demandada a pagar a cada uno de los accionantes: I. Los intereses de mora establecidos en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la indexación o corrección monetaria por la falta de pago oportuno de la prestación de antigüedad, los cuales recaerán solo sobre la prestación de antiguedad, desde la fecha de finalización la relación de trabajo, hasta la fecha en que la presente sentencia quede definitivamente firme. II. La indexación o corrección monetaria sobre los demás conceptos derivados de la relación laboral y condenados en la presente sentencia, con exclusión de la prestación de antigüedad, desde la fecha de notificación de la parte demandada, es decir, desde el día 16/09/2011, hasta la fecha en que la presente sentencia quede definitivamente firme. III. Se excluye de dicho cálculo los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo entre las partes, por hechos fortuitos o de fuerza mayor y por vacaciones judiciales.

SEXTO: Se condena en costas a la parte demandada. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152° y 201°

La Jueza,

La Secretaria
Abog. Liliana Duque Rosales


Los Presentes

La parte actora:

Jaimara Castro Huérfano Carlos Villamizar C. Richard Hernández Mora