REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOS CUARTO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, TRABAJO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE, AGRARIO Y BANCARIO

JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, San Cristóbal lunes diecisiete (17) de octubre del año dos mil once.-

201º y 152º
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente cuaderno de medidas, se observa que:
La representación judicial de los accionantes ejerció recurso ordinario de apelación contra las sentencias interlocutorias dictadas por el a quo el 9 y 10 de junio de 2011. La primera, que negó: - La solicitud de medida innominada de nombramiento de un administrador ad hoc de la Sociedad Agropecuaria El Silencio C.A.; - La medida innominada de prohibición al ciudadano PEDRO ALEXANDER ROJAS BUSTAMANTE para que se abstenga de celebrar o rescindir cualquier contrato en nombre de la Agropecuaria El Silencio C.A., que comprometan de alguna manera sus bienes sin la autorización previa del tribunal, so pena de nulidad y - La medida innominada conservativa relativa a retener las cantidades de dinero que le adeudara la Cooperativa PROLESA a la Agropecuaria El Silencio C.A. La segunda, que declaró parcialmente con lugar la oposición a las medidas de embargo y a la medida de prohibición de movilización de semovientes decretadas por ese juzgado en el dispositivo segundo literales a y b de fecha 27 de septiembre de 2010.
Llegadas las actas a este tribunal superior el 28 de junio de 2011 se inventarió bajo el N° 2525 y celebrada la audiencia oral de informes el 18 de julio de 2011, mediante auto fechado 27 de julio de 2011 este tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil acordó dictar el dispositivo de la sentencia el mismo día que sentenciara la causa principal signada con el N° 2535 (folio 12 de la pieza IV).
El 30 de septiembre de 2011 este tribunal acumuló el presente cuaderno de medidas a la pieza principal del juicio.
El 5 de octubre de 2011 se dictó el dispositivo de esta incidencia cautelar (folios 13 y 14 de la pieza IV).
Hecho este recuento, y por cuanto en la causa principal en sentencia de esta misma fecha se declaró sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial de los accionantes, se confirmó el fallo apelado, en el sentido, de declarar sin lugar la demanda que por resolución de contrato se incoara, levantándose las medidas; Este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ACTUANDO EN SEDE AGRARIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
ÚNICO: Como consecuencia del dispositivo dictado y publicado en el cuaderno principal por Resolución de Contrato en esta misma fecha, SE DECLARAN IMPROCEDENTES los recursos de apelación ejercidos en fecha 13 de junio de 2011 por el abogado JORGE JAIMES LARROTA en su carácter de co-apoderado judicial de la parte actora en el presente Cuaderno de Medidas contra: 1) La decisión de fecha 9 de junio de 2011 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira que negó la solicitud de Medida Innominada de nombramiento de un Administrador Ad Hoc de la Sociedad Agropecuaria El Silencio C.A., Medida Innominada de Prohibición al ciudadano Pedro Alexander Rojas Bustamante de celebrar o rescindir cualquier contrato en nombre de la Agropecuaria y negó la solicitud de Medida Innominada conservativa relativa a retener las cantidades de dinero que le adeudara la Cooperativa Prolesa a la Agropecuaria El Silencio C.A. y; 2) La decisión de fecha 10 de junio de 2011 dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira que declaró parcialmente con lugar la oposición a las Medidas de Embargo y a la Medida de Prohibición de Movilización de semovientes decretadas por ese Juzgado.
Déjese copia para el archivo del tribunal.-
La Jueza Titular,

JEANNE LISBETH FERNÁNDEZ DE ACOSTA
El Secretario,
Javier Gerardo Omaña Vivas
En la misma fecha se dejó copia certificada para el archivo del tribunal.-
El Secretario,
Javier Gerardo Omaña Vivas
Exp. 2.535.-
Va sin enmienda.-