JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 11 de noviembre de 2011.
201º y 152°

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO, realizado en acta de fecha 08 de noviembre de 2011, entre los ciudadanos: DEXY ZULAY CASTRO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-14.984.881, y CARLOS RAMÓN GARNICA ALBARRACIN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.813.321; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Conforme con lo solicitado expídase la constancia y líbrese oficio a la Zona Educativa del Estado Táchira.
LA JUEZA TEMPORAL,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ

LA SECRETARIA,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) _________, quedó registrada bajo el N° ________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal, se libraron boleta de notificación y oficio N° 3140-_______.

Exp. Nº 1914-2010
mcmc.
Va sin enmienda.