REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales

CAPITULO I
DE LAS PARTES

Sentencia N°1444-11-1267

DEMANDANTE: Leila Thaiddy Panqueba Castellanos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.880.589, con el carácter de madre de los niños Alexander, Jhon Alexandro y Yoiner Alexandri Zamora Panqueba.

DIRECCIÓN: San Lorenzo, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.

DEMANDADO: Jhonny Alexander Zamora Zambrano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-17.109.974, con el carácter de padre de los niños Alexander, Jhon Alexandro y Yoiner Alexandri Zamora Panqueba

DIRECCIÓN: Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira.


MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

CAUSA NRO. 1444-11

Fecha de Entrada: 10 de Noviembre de 2011.


CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 09 de Noviembre de 2011, se solicitud de Fijación de la Obligación de Manutención presentada por la ciudadana: LEILA THAIDDY PANQUEBA CASTELLANOS, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.880.589, a favor de los niños JHON ALEXANDER, JHON ALEXANDRO y YONIER ALEXANDRI ZAMORA PANQUEBA, contra el ciudadano JHONNY ALEXANDER ZAMORA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.109.974.
En fecha 10 de Noviembre de 2011, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la citación del ciudadano JHONNY ALEXANDER ZAMORA ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nro.V-17.109.974, residenciado en el Piñal, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, para que comparezca por ante este Tribunal al tercer (3er) día de despacho siguiente a aquel que conste en autos su citación a las diez (10:00) de la mañana, a fin de celebrar el acto conciliatorio entre las partes y en caso no lograrse para que de contestación a la demanda por cumplimiento de la obligación de Manutención.
En fecha 10 de Noviembre de 2011, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 10 de Noviembre de 2011, se libro oficio al Propietario del Tv. Cable AXI, solicitando el monto del salario que percibe el obligado ciudadano: JHONNY ALEXANDER ZAMORA ZAMBRANO.
En fecha 16 de Noviembre de 2011, mediante diligencia consigna el Alguacil la Boleta de citación librada al obligado ciudadano: JHONNY ALEXANDER ZAMORA ZAMBRANO, quien fuera recibida y firmada por su persona.
En fecha 16 de Noviembre de 2011, mediante diligencia el Alguacil del Tribunal consigna Boleta de Notificación librada al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, quien fuera recibida y firmada por su persona en fecha 15 de Noviembre de 2011.
En fecha 21 de Noviembre de 2011, comparecen los ciudadanos Leila Thaiddy Panqueba Castellanos y Jhonny Alexander Zamora Zambrano, partes demandante y demandado, respectivamente; quienes en entrevista con la Jueza convinieron en la obligación de manutención en los siguientes términos: PRIMERO fijar la cuota mensual en la cantidad de ochocientos bolívares. SEGUNDO fijar para el mes de agosto de cada año, por gastos escolares, la cantidad de dos mil quinientos bolívares, adicionales a la cuota de obligación de manutención convenida. TERCERO fijar para el mes de diciembre por gastos decembrinos, la cantidad de dos mil bolívares, adicionales a la cuota mensual de manutención. CUARTO las partes convienen en cubrir en partes iguales los gastos médicos y de medicinas que requieran los beneficiarios. QUINTO las partes solicitan se aperture cuenta de ahorro en banco bicentenario. SEXTO el obligado se compromete en depositar los cinco primeros días de cada mes las cuotas fijadas en este acto.

CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN


En consecuencia y por cuanto la suscrita entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de fecha 21 de Noviembre de 2011, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, todo de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se acuerda librar oficio a la Entidad Bancaria del Bicentenario, solicitando la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana LEILA THAIDDY PANQUEBA CASTELLANOS para el depósito de la obligación de manutención.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, veinticuatro de Noviembre del dos mil once. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza.



ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.
El Secretario.


ABG. LUIS ALFONSO SANCHEZ PEREZ