JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 18 de noviembre de 2011.
201° y 152º

Vista el acta de conciliación que corre inserta a los folios 16 y 17 de la presente Solicitud signada con el N° 2788-2011 por Fijación de Obligación de Manutención, suscrita por los ciudadanos: LUZ MARINA GUERRERO DE DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.137.153 y ANGEL ALEXIS NIÑO LAMUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.993.518, a favor de la niña (Se omite el nombre) y de la adolescente (Se omite el nombre); y por cuánto la mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal Trece Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Banco Bicentenario, Sucursal San Antonio del Táchira, a los fines de aperturar cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana LUZ MARINA GUERRERO DE DÍAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.137.153, representante legal de la niña (Se omite el nombre) y de la adolescente (Se omite el nombre). Líbrese boleta de notificación y oficio. Cúmplase.
El Juez Titular,



Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.

El Secretario Accidental,

Jhony Alexander Colmenares Sánchez

En la misma fecha se libro boleta de notificación al Fiscal Trece Especializado para la Protección del Niño y del Adolescente y se oficio bajo el N° 3130-819.


El Srio. Acc.,



Sol. 2788-2011
PAGP/jacs