JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, treinta de noviembre de dos mil once.
201º y 152º
De las actas procesales que integran la presente causa signada con el N° 7561, instaurada por el abogado PABLO ENRIQUE RUIZ MARQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.656.202, en su carácter de endosatario en procuración de BLANCA LOYOLA SALAS OCHOA, contra ELSY MARISOL RIVERA DE REYES Y RAUL RENE REYES JARAMILLO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.223.835 y V-9.216.006, en su orden, por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN; y vista la diligencia de fecha 25 de noviembre de 2011, suscrita por la abogada codemandada ELSY MARISOL RIVERA REYES, y por el abogado actor Pablo Ruiz, mediante la cual suscribieron una transacción y solicitan su homologación (fs.12 y13).
La transacción es un contrato por el cual las partes mediante recíprocas concesiones terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual. El artículo 256 del Código de Procedimiento Civil expresa que:
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”.
Ahora bien, por cuanto la anterior transacción no es contraria a Derecho ni esta expresamente prohibida, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada por el abogado actor PABLO RUIZ MARQUEZ y por la codemandada ELSY MARISOL RIVERA DE REYES, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA y acuerda:
• LEVANTAR la medida de embargo decretada el 26-20-2011 y practicada el 23 de noviembre de 2011 por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes y otros de esta Circunscripción Judicial, sobre un vehículo con las siguientes características PLACAS EAP 04B, modelo HYUNDAY, COLOR BEIGE, modelo 2006, CLASE AUTOMOVIL 8X1BU51BP6Y600160, TIPO SEDAN, USO PARTICULAR, CAPACIDAD 5 PUESTOS, el cual se encuentra bajo la guarda y custodia de la depositaria Judicial La Seguridad, a fin de que sea entregado a la codemandada antes mencionada.
• Participar lo conducente al ciudadano Depositaria Judicial la Seguridad, representada por JOSE ALEXIS D’ YONGH SOSA, a fin de que entregue el vehículo descrito a la ciudadana ELSY MARISOL RIVERA DE REYES.
Líbrese oficio y déjese copia para el archivo del Tribunal.

El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
El Secretario suplente,

Ángel A. Piñango Sánchez
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 705 y oficio N° 1411
Marilú