JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, siete (07) de Noviembre de dos mil once.
AÑOS: 201° y 152°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil y TREINTA Y CUATRO (34) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana MARIA DE JESUS GARCIA DE PIRELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.789.934; asistida por la abogado en ejercicio NEREIDA COROMOTO CASTILLO SUAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 86.756, en el cual expone: que el día 10 de Diciembre de 2.009, falleció el ciudadano DAMASO ALEJO GARCIA URBINA, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.793.576, habiendo tenido como lugar de domicilio el Barrio Las Delicias, Carrera 13, No. 1-81, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, estado Táchira, lugar este donde ocurrió su deceso; a causa de “…INFARTO AL MIOCARDIO e HIPERTENSIÓN ARTERIAL...”, según lo certifica el Doctor DOUGLAS BORJAS, No. del M.S. 37.847; tal y como se desprende de Acta de Defunción No. 005, levantada el 11 de Enero de 2.010, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; habiendo presentado la solicitante los siguientes anexos:
Copia certificada de Registro de Defunción No. 005, del año 2.010, perteneciente a “DAMASO ALEJO GARCIA URBINA”, expedida el 19 de Enero de 2.010, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Defunción No. 184 del año 1.957, perteneciente a “DAMAS ALEJO GARCIA”, expedida el 27 de Octubre de 2.011, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Acta de Defunción No. 352 del año 2.009, perteneciente a “MARIA LUISA URBINA DE GARCIA”, expedida el 15 de Abril de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 151 del año 1.950, perteneciente a “MARIA DE JESUS”, expedida el 16 de Agosto de 2.000, por la Prefectura de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No. 20 del año 1.951, perteneciente a “CARMEN ELENA”, expedida el 22 de Abril de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia simple de Partida de Nacimiento No. 983 del año 1.957, perteneciente a “LIGIA MARGARITA”, expedida el 22 de Abril de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 298 del año 1.961, perteneciente a “EDI YAJAIRA”, expedida el 08 de Abril de 2.009, por el Registro Civil del Municipio Santa Bárbara del estado Barinas.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No. 377 del año 1.964, perteneciente a “BELKYS ISABEL”, expedida el 22 de Abril de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 1347 del año 1.967, perteneciente a “JOSE LUIS”, expedida el 17 de Septiembre de 1.986, por la Prefectura del Municipio La Concordia, Distrito San Cristóbal del estado Táchira.
Copia mecanografiada de Partida de Nacimiento No. 2692 del año 1.969, perteneciente a “HECTOR RAMON”, expedida el 29 de Abril de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No. 382 del año 1.955, perteneciente a “BLANCA NIEVES”, expedida el 24 de Abril de 2.009, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de cedulas de identidad Nros. V-3.789.934, V-3.791.568, V-5.645.093, V-5.667.411, V-9.227.809, V-9.148.274, V-9.463.652, V-3.999.264; pertenecientes a los ciudadanos MARIA DE JESUS GARCIA DE PIRELA , CARMEN ELENA GARCIA URBINA, LIGIA MARGARITA GARCIA URBINA, EDI YAJAIRA URBINA DE MARTINEZ, BELKYS ISABEL URBINA, JOSE LUIS MARTINEZ URBINA, HECTOR RAMON MARTINEZ URBINA, BLANCA NIEVES GARCIA DE MORALES, en su orden.
Justificativo de Testigos No. 7742, evacuado el 17 de Octubre de 2.011, por ante el Juzgado Primero de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: JOSE MARCELO CASIQUE JAIMES y OMAR ORLANDO HIGUERA, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-9.463.384 y V-3.197.794, en su orden; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante DAMASO ALEJO GARCIA URBINA, dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a sus Hermanos, que a continuación se especifican.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MARIA DE JESUS GARCIA DE PIRELA , CARMEN ELENA GARCIA URBINA, LIGIA MARGARITA GARCIA URBINA, EDI YAJAIRA URBINA DE MARTINEZ, BELKYS ISABEL URBINA, JOSE LUIS MARTINEZ URBINA, HECTOR RAMON MARTINEZ URBINA, BLANCA NIEVES GARCIA DE MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad, V-3.789.934, V-3.791.568, V-5.645.093, V-5.667.411, V-9.227.809, V-9.148.274, V-9.463.652, V-3.999.264; en su condición de HERMANOS del causante DAMASO ALEJO GARCIA URBINA, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.
Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 2.860, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario
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