JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, veinticuatro (24) de Noviembre de dos mil once.
AÑOS: 201° y 152°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de DOS (02) folios útiles y TREINTA Y UNO (31) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por el ciudadano CESAR ORLANDO CALDERON GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.892.859, asistido por el abogado ALBERTO ALONSO RODRIGUEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.022; en el cual expone: que el día 14 de Febrero de 2.010, falleció la ciudadana AURA JOSEFA MORENO DE CALDERON, quien en vida fuese venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-3.075.850, quien tuvo su domicilio en Residencias Quinimari, Edificio 35-A, Apartamento 02, Pirineos III, Municipio San Cristóbal del estrado Táchira, habiendo tenido como lugar de deceso el mismo domicilio, a causa de “…CARCINOMA DULTAL INFILTRANTE DE MAMA, ESTADIO IV…”, según lo certificado No. 031, suscrito por la Doctora CLARA INES PORRAS FUENMAYOR, tal y como se desprende del Acta de Defunción No. 022, levantada el 18 de Febrero de 2.010, por ante el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del estado Táchira; habiendo consignado el solicitante los siguientes recaudos:
Copia certificada de Acta de Defunción No. 022, del año 2.010, perteneciente a “AURA JOSEFA MORENO DE CALDERON”, expedida el 04 de Marzo de 2.010, por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Acta de Matrimonio No. 84 del año 1.971, perteneciente a los ciudadanos “CESAR ORLANDO CALDERON y AURA JOSEFA MORENO”, expedida el 01 de Marzo de 2.010, por el Registro Principal del estado Táchira.
Copias certificada de Partida de Nacimiento No. 4212 del año 1.973, perteneciente a “MARLYN DESIREE”, expedida el 06 de Julio de 2.010, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No. 2939 del año 1.976, perteneciente a “AURA MARLEY”, expedida el 19 de Julio de 2.010, por el Registro Principal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No. 1282 del año 1.984, perteneciente a “MARLIETT ADRIANA”, expedida el 22 de Junio de 2.010, por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento No. 53 del año 1.972, perteneciente a “MARLON ORLANDO”, expedida el 06 de Julio de 2.010, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nos. V-3.075.850, V-2.892.859, V-11.502.895, V-12.973.575, V-16.540.123, V-10.172.736; pertenecientes a los ciudadanos AURA JOSEFA MORENO DE CALDERON, CESAR ORLANDO CALDERON GARCIA, MARLYN DESIREE CALDERON MORENO, AURA MARLEY CALDERON MORENO, MARLIETT ADRIANA CALDERON MORENO, MARLON ORLANDO CALDERON MORENO, en su orden.-
Justificativo de Testigos No. 7798, evacuado el 23 de Noviembre de 2.011, por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, donde rindieron su testimonio los ciudadanos DORIS MARLENE LUNA DE SANCHEZ y JOAQUIN SANCHEZ, venezolanas, mayores de edad, con cédula de identidad No. V-2.813.995 y V-1.553.819, en su orden; quienes fueron contestes al declarar que les consta que la causante AURA JOSEFA MORENO DE CALDERON, dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a su Cónyuge e Hijos que a continuación se especifican.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: CESAR ORLANDO CALDERON GARCIA, MARLYN DESIREE CALDERON MORENO, AURA MARLEY CALDERON MORENO, MARLIETT ADRIANA CALDERON MORENO, MARLON ORLANDO CALDERON MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad, V-2.892.859, V-11.502.895, V-12.973.575, V-16.540.123, V-10.172.736; en su condición de Cónyuge el primero y de Hijos los restantes, de la causante AURA JOSEFA MORENO DE CALDERON, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.



Abg. Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Abg. Frank Villamizar Rivera
Secretario
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 2908, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EL Secretario

Solicitud N° 7805-11.