JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, dieciséis (16) de noviembre de dos mil once.
AÑOS: 201° y 152°

Vista la diligencia presentada en fecha 14 de noviembre de 2011, por la parte actora, abogada MARIHELBA RIVERO DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.213.325 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 151.230, quien actúa por sus propios derechos, mediante la cual desiste del procedimiento, interpuesto contra la ciudadana HAYDEE SANDOVAL CANDELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.993.041 y de este domicilio; este Juzgado conforme a la norma prevista en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, y acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en tal virtud archívese el expediente y déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal. Asimismo, conforme con lo solicitado se acuerda el desglose del cheque, el cual se encuentra en la caja de seguridad el Tribunal, en tal virtud, hágase entrega del mismo a la parte actora.



ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL


ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO



En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión a las nueve de la mañana (09:00 a.m.), quedando registrada bajo el N° 2.884; y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO

Frank V.
Expediente N° 13.185-11