JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, nueve (09) de noviembre de dos mil once.

AÑOS: 201° y 152°

Vista la transacción celebrada en fecha 08 de noviembre del año en curso, según se evidencia del presente expediente signado bajo el N° 13.207 corriente a los folios del 10 al 12 del cuaderno principal, entre el abogado TOMAS ENRIQUE MORA MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.891663, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.919 y de este domicilio, actuando con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante ciudadana; NANCY ZOLEYDA SÁNCHEZ MENDEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° V-5.031.831, de este domicilio y la parte demandada, ciudadana NEYDA CLARET DAZA BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.148.754, de este domicilio, asistida por el abogado en ejercicio DARIO ENRIQUE LOZANO URDANETA, venezolano, mayor de edad , titular de la cedula de identidad N° V-11.925.192, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 89.952, con el carácter de Deudora; observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto celebrado entre las partes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Déjese copia certificada de este auto para el archivo del Tribunal.




ABG. ANA LOLA SIERRA
JUEZ TEMPORAL


ABG. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión quedando registrada bajo el N° 2.868, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

ABG. FRANK VILLAMIZAR RIVERA
SECRETARIO
Expediente N° 13.207-11.
eccio.