En el día de hoy lunes, veintitrés (23) de mayo de dos mil once, siendo la una de la tarde se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas, Francisco de Miranda, Uribante y Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y luego de recorrer aproximadamente 200 metros se constituyó a la una y diez de la tarde (01:10 p.m.) en el inmueble ubicado en la Calle 1 N° 4-26 de la población de La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, previa habilitación del tiempo necesario y jurada la urgencia del caso, a fin de dar cumplimiento a la Solicitud de Inspección Ocular signada en este despacho como Comisión N° 827-2011 y que fuera acordada por el Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 16 de Mayo de 2011, que guarda relación con la Solicitud N° 1639, a petición de los abogados Miriam Josefina Varela Guerrero y Junior Alexander Guerrero Mora, actuando como apoderados judiciales de los ciudadanos: Luis González Correra, Marina Valderrama de González y Duver Esneider González Valderrama. Están presentes por la parte actora, la abogada: Miriam Josefina Varela Guerrero, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.749.927, e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 79.350, y el abogado Junior Alexander Guerrero Mora, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-18.419.889, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 140.592. Al llegar al lugar donde se constituyó el Tribunal se entrevistó con el ciudadano James Gutiérrez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.734.905. Acto seguido la parte solicitante pide el derecho de palabra y concedido como fue expuso: Ruego a la ciudadana Juez pase a pronunciarse sobre los particulares a que se refiere la solicitud y que rielan al folio uno y vuelto. El Tribunal pasa a cumplir con los ítems de la solicitud y lo hace en los términos siguientes: Al Primero: El Tribunal deja constancia que le fue puesto de presente el original del documento registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito Jáuregui de fecha 09 de mayo de mil novecientos noventa y cuatro el cual quedó registrado bajo el N° 37 protocolo primero Tomo Segundo del año referido y según el cual los cónyuges Luis González Correa y Marina Valderrama de González adquieren un inmueble ubicado en la carrera 4 de la ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui, alinderado así: Norte, con la calle 1; Sur, divide paredes medianeras, con propiedad que es o fue de Manuel Duque; Oriente, con propiedad que es o fue de Pedro Salcedo y otros; Oeste, con la carrera 4. Los solicitantes consignan copia simple del referido documento.- Al Segundo: Se trata de un galpón con techo de cinc y una mezanina de madera, pisos de cemento, paredes de bloque de cemento sin frisar, un baño, portón metálico de corredera, es todo.- Al Tercero: El tribunal deja constancia que tiene ante sus ojos el original del contrato de arrendamiento privado suscrito entre la ciudadana Marina Valderrama, titular de la cédula de identidad N° 23.164.918, suscrito con el carácter de arrendadora y el ciudadano James Gutiérrez, titular de la cédula de identidad N° 19.734.905, en su condición de arrendatario, fechado el 01 de septiembre de 2010, con una vigencia de seis meses y en el qué según su cláusula primera se arrienda un galpón para carpintería con baño, con servicios de agua y luz, ubicado en la calle 1 con carreras 4 y 5 N° 4-26 de la ciudad de La Grita Municipio Jáuregui del Estado Táchira, es todo. Al Cuarto: El tribunal deja constancia que el galpón es utilizado como carpintería según se evidencia de las mesas de banco, maquinaria , piezas terminadas, piezas en construcción, materia prima, moldes, pinturas, lacas, pegamento, molduras, herramientas, piezas para reparar. Se deja constancia que según el notificado en la actualidad el galpón es utilizado como depósito y como garage para una camioneta que en este momento se encuentra estacionado, con placas 129-VAT, marca Ford, Tipo Pick Up, Modelo Custom, Color negro, es todo. Al Quinto: El Tribunal deja constancia de que el inmueble se encuentra en obra negra con las instalaciones eléctricas externas, en malas condiciones paredes, piso, techo y portón, por falta de mantenimiento y a los efectos del tiempo, es todo. El Tribunal no habiendo mas diligencias que practicar concluye el acto; el Secretario da lectura a la presente acta y hace constar que no hay objeciones contra la misma y que la práctica de la presente inspección no genero gastos, ni tasas, ni aranceles, ni emolumento alguno, a favor de este Tribunal ya que las actuaciones aquí realizadas son totalmente gratuitas. Se dio por concluido el acto a las tres de la tarde (03:00 p.m.). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman no haciéndolo el notificado que se negó a hacerlo.
La Juez,


Abog. Gloria Lucía Ríos Rendón
Los solicitantes:

Abog. Miriam Josefina Varela Guerrero

Abog. Junior Alexander Guerrero Mora.
El Notificado,
SE NEGÓ A FIRMAR
James Gutiérrez
El Secretario,

Lic. Pablo Alirio Pastrán Contreras