REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales.

DEM. 1346-11-1146
CAPITULO I
DE LAS PARTES

DEMANDANTE: LISBETH ANDREINA GOMEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-19.664.799, con el carácter de madre de los niños YEREIMY DAYANA y BRAYAN JOSUE SILVA GOMEZ
DIRECCIÓN: residenciada en Brisa Teteo I, cerca del alquiler de teléfono Barrio Naranjales. Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
DEMANDADO:
SILVA RUEDA GERSON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.231.241, con el carácter de padre de los niños: YEREIMY DAYANA y BRAYAN JOSUE SILVA GOMEZ.
DIRECCIÓN:

En Brisa Teteo 2, al frente del Taller Cacique Naranjales Municipio Fernández Feo del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de Obligación de Manutención

CAUSA Nro. 1346-11
FECHA DE ENTRADA. 11 de Mayo de 2.011.


CAPITULO II
DE LOS HECHOS

En fecha 11 de Abril de 2011, se le dio entrada al acuerdo de Fijación de Obligación de Manutención, establecido en fecha 27 de Abril de 2011, por Ante la Defensoría Educativa “Una Luz en el Camino”, Ubicada en el Colegio Presbiterio Rubén Darío Mora Fe y Alegría Naranjales, cerca del Puerto teteo Parroquia Alberto Adriani Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, el cual remiten Acta de Fijación Obligación de Manutención donde los ciudadanos LISBETH ANDREINA GOMEZ GONZALEZ y el ciudadano: SILVA RUEDA GERSON, llegando las partes al siguiente acuerdo: “El ciudadano: SILVA RUEDA GERSON, ofrece y se compromete el mercado Mensual a darle a mis hijos la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.450,oo) mensuales, Ambas partes solicitan expresamente que de conformidad con el artículo 375 ejusdem el presente acuerdo sea sometido a la homologación del Juez correspondiente. Es Todo”.
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CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN

En fecha 27 de Abril de 2011, comparecieron Ante la Defensoría Educativa “Una Luz en el Camino”, Ubicada en el Colegio Presbiterio Rubén Darío Mora Fe y Alegría Naranjales, cerca del Puerto Teteo Parroquia Alberto Adriani Municipio Fernández Feo del Estado Táchira los ciudadanos LISBETH ANDREINA GOMEZ GONZALEZ y SILVA RUEDA GERSON , con el carácter de demandante y demandado respectivamente, quienes convinieron, Por Ante la referida Defensoría Educativa, en la fijación del monto de la obligación de manutención asimismo la forma y la oportunidad del pago de la misma, en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de Fijación del monto de la obligación de Manutención, de fecha 27 de Abril de 2011, en cuanto al acuerdo de fijación del monto de la obligación de manutención de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente.
Notifíquese a las partes de la continuación del presente procedimiento por Ante este Tribunal
Dada y firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los once días de Mayo del dos mil once. Años 200º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza.

ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES.

El Secretario Accidental.

Lic. ALEJANDRO GUADA RUJANO