REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:



JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SANTA ANA, 05 DE MAYO DE DOS MIL ONCE.-

Visto el escrito presentado por los ciudadanos OSCAR ALFONSO OSORIO SANDOVAL Y LUZ MARIBEL BARRIENTOS CHACON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.676.218 Y V-10.164.617, respectivamente, mayores de edad, asistidos por el abogado MOISES SAYAGO PULIDO, inscrito en el IPSA Nº 136.791, de conformidad con lo solicitado por los cónyuges, este Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, por mutuo consentimiento de los cónyuges: OSCAR ALFONSO OSORIO SANDOVAL Y LUZ MARIBEL BARRIENTOS CHACON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.676.218 Y V-10.164.617, respectivamente, civilmente hábiles, los cuales se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación.


Abg. ROSARIO ELENA DUQUE
Juez Provisoria


La Secretaria,


Abg. Mirian Carolina Martínez Quintero.


En la misma fecha se dejo copia certificada para el archivo del Tribunal.

Carolina.-