JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
MICHELENA, ONCE (11) DE MARZO DEL AÑO 2011.
PODER JUDICIAL.

200° y 151°
Vista la presente causa se observa de las actuaciones correspondiente a los autos consignación de acta defunción Nº 6 por diligencia de fecha 01 de marzo 2011, específicamente en el folio (269), del presente expediente, donde se determina que el obligado JOSE DOMINGO MORALES CASTRO, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.124.338, falleció el día veinticuatro (24) de febrero de 2008, de 54 años de edad, procede esta Juzgadora analizar al respecto al articulo 383 de la Ley Orgánica para Protección del Niño, Niña y Adolescente, literal a) normativa que regula la obligación manutención :

a) Por la muerte del obligado u obligada o del niño, niña o adolescente beneficiario o beneficiaria de la misma.

Por las razones de hecho y derecho antes expuestas este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIEDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCION DEL PROCESO POR OBLIGACION DE MANUTENCION en beneficio del adolescente YONATHAN DANIEL de conformidad con el articulo 383 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y por cuanto no hay mas actuaciones ha desarrollar en este proceso. Así se declara, se ordena archivar la presente casa.

Publíquese, regístrese y deje copia para el archivo del tribunal de la presente decisión.



Abg. Alicia Katherine Cárdenas Q.
Juez.



Abg. Argilisbeth García Torres.
Secretaria.

En la misma fecha siendo las 2:00 p.m., se publico, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.

La secretaria.


Abg. Argilisbeth García Torres.

EXP Nº 131-2002.
AKCQ.